Modelo Contrato Arrendamiento Oficina



Entre -- en su calidad de Presidente de la Compañía --      domiciliada en esta ciudad, inscrita bajo el No. -- Torno --     en el Registro --  Mercantil de la -- Circunscripción Ju­dicial, el día -- del mes -- del año -- debidamente autoriza­do para este acto por los Estatutos de la misma y quien para los efec­tos de este Contrato, sus derivados y consecuencias en lo sucesivo se denominará “LA ARRENDADORA” por una parte y por la otra  -- quien en lo adelante se nominará “EL ARRENDATA­RIO”, se ha convenido en celebrar el Contrato de Arrendamiento si­guiente: PRIMERO: “LA ARRENDADORA” da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO” la oficina No -- ,.del piso -- del Edi­ficio -- ubicado en –. SEGUNDO: El canon de arrendamiento es el de -- -- (--. ), el cual empezará a regir el día -- del mes -- pagándose todos los días -- de cada mes en la Ofi­cina de “LA ARRENDADORA” por “EL ARRENDATARIO”, Oficina cuya ubicación éste declara conocer. TERCERO: “EL ARRENDATA­RIO” se obliga a utilizar dicha Oficina solamente para -- y a no cambiar su destino ni ceder los derechos que adquiere en ninguna for­ma ni a ninguna tercera persona y sólo podrá colocar sobre la fachada externa que le corresponde y dentro de los más estrictos límites de la misma, la placa que lo anuncie, declarando recibir esta Oficina en per­fecto estado y obligándose a entregarla así mismo al terminar este Con­trato o la pérdida de su vigencia o por cualquier otra causa estipula­da en este Contrato por las Leyes que rigen la materia, por ejemplo en caso de insolvencia, en cuanto a ello ambas partes convienen en que “LA ARRENDADORA” podrá solicitar la desocupación del Inmue­ble arrendado si dejase de cancelar mes y medio de cánones (le arrenda­miento. CUARTO: La vigencia de este Contrato es de -- años, pro­rrogable automáticamente por períodos iguales, siempre que una o cualquiera de las partes no notificare por escrito con -- días por lo menos de anticipación a la otra parte y antes del vencimiento de este Contrato o de sus prórrogas, su deseo de no prorrogarlo más. Cada una de las prórrogas se considerará como de tiempo fijo o determinados. Y así lo acepta “EL ARRENDATARIO”. QUINTO: Estarán a cargo de “EL ARRENDATARIO” los recibos que le lleguen por el uso que haga del teléfono que responde al número -- el consumo de luz y fuerza eléctrica y las reparaciones ordenadas por la Sanidad Nacional y que “LA ARRENDADORA” ponga en conocimiento de “EL ARRENDATARIO”, haciéndose responsable esta última de las sancio­nes por su ejecución. “EL ARRENDATARIO” queda obligado a poner por escrito a “LA ARRENDADORA” y con la mayor urgencia, en conocimiento de cualquier novedad dañosa o indicio que pueda hacer necesaria alguna reparación mayor en el inmueble y de no hacerlo se­rá responsable de los prejuicios que ocasione su negligencia. SEXTO: “EL ARRENDATARIO” no podrá hacer ninguna alternación de la construcción del Inmueble arrendado sin autorización escrita de “LA ARRENDADORA”, si obtuviese esa autorización, estas bienhechurías serán sufragadas en beneficio de “LA ARRENDADORA”, sin que és­ta tenga que resarcirlo por ese concepto ni por ningún otro. SEPTIMO: “EL ARRENDATARIO” se obliga a usar el Inmueble arrendado sola­mente en horas de oficina, no podrá usar aparatos de radio, televisión ni ningún otro instrumento que perturbe el trabajo de los inquilinos de las otras Oficinas, del Edificio, obligándose a respetar y cumplir cua­lesquiera indicaciones de “LA ARRENDADORA”, de sus representan­tes o de los conserjes del Edificio, en resguardo del orden y conserva­ción del Inmueble, en atención de la conveniencia devenida de la serie­dad y exigencia de los arrendatarios de las otras Oficina del mismo Edi­ficio. OCTAVO: “LA ARRENDADORA” no se hace responsable por el uso del ascensor, en el sentido de que toda persona que lo utilice lo hace bajo su propio riesgo, quedando terminantemente prohibido transportar en el mismo mueble o bultos pesados, ya que el edificio cuenta con un ascensor específico para tales transportes, cuya llave está en manos del conserje del Edificio. NOVENO: Como garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas por “EL ARRENDATARIO”, en virtud de este Contrato, éste entrega a “LA ARRENDADORA” un depósito de -- -- (--. ) en dinero efectivo y autoriza al mismo tiempo a “LA ARRENDADORA” en caso de insolvencia, a que dicho depósito lo utilice para ser abona­da en ese incumplimiento, sin quedar exento “EL ARRENDATA­RIO” de ser demandado por “LA ARRENDADORA”, con excepción de lo previsto por la Ley de Inquilinato. DECIMO: “EL ARRENDA­TARIO” declara que conoce y acepta el Reglamento que rige el funcio­namiento interno del Edificio. El cual está fijado en la entrada del mis­mo. DECIMO PRIMERO: El incumplimiento por parte de “EL ARRENDATARIO” de una o varias de las cláusulas que lo obligan en este Contrato, dará derecho a “LA ARRENDADORA” a pedir la resci­sión de este Contrato, siendo por cuenta de “EL ARRENDATARIO” los daños y perjuicios derivados de tales circunstancias, así como también los gastos judiciales y extrajudiciales a que diere por tales causas. DEC1MO SEGUNDO: Para todo aquello no previsto en este Contrato, las relaciones entre las partes regirán por las Disposiciones pertinentes del Código Civil y demás Leyes que rigen la materia y para todos los efectos derivados de las obligaciones aquí estipuladas, se elige como do­micilio especial la ciudad de -- a la jurisdicción de cuyos Tribuna­les declaran someterse las partes, haciéndose dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los  -- días del mes -- del --.     

“LA ARRENDATAR1A”,                                                  “EL ARRENDATARIO.

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