Contrato de Anticresis
Yo, --, por medio del presente documento
declaro: En fecha -- el Sr. -- me concedió en calidad de préstamo a interés la
cantidad de -- (. --), según consta de
Documento Protocolizado por ante la oficina Subalterna del Circuito de Registro
-- bajo el No-- al folio -- Tomo -- Protocolo -- Este préstamo quedó
garantizado con hipoteca de 2do. grado, sobre Inmueble de mi propiedad
pormenorizado en el citado Documento. Esta vez, sin perjuicio de la garantía
hipotecaria referida y de las modalidades estipuladas en relación al
Pre-nombrado crédito, doy a mi identificado acreedor, en Anticresis la hacienda
denominada -- de mi exclusiva propiedad, situada en el Municipio -- Distrito --
Estado -- constante de --hectáreas y la cual adquirí según Documento registrado
en la Oficina Subalterna del -- Circuito de Registro -- bajo el No. – Folios-- al -- Tomo -- Protocolo -- fecha -- La entrega de este Inmueble a mi acreedor
tiene por objeto, el que haga suyo los fundos de la hacienda referida, con la
obligación de imputar su valor en primer lugar a los intereses vencidos y luego
al capital adeudado, pero es entendido que el acreedor (si así se conviniere)
debe pagar las contribuciones a que está sujeto el fundo dado en Anticresis y
efectuar las reparaciones que amerite, sin derecho a reembolso de estos gastos.
Por causa de esta Anticresis tendrá pues el acreedor las facultades que atañen
a un administrador de dicha finca, pudiendo en consecuencia ejercer todas las
atribuciones propias de esa administración y realizar todas las gestiones que
se requieran para la mejor administración de la hacienda en Anticresis, siendo
entendido que en el caso de que delegue esta administración en personas (le su
confianza, tal elección no afecta su responsabilidad en forma alguna. Es
entendido que si el fundo dado en anticresis no produjere los suficientes
frutos para cubrir el monto de los pagos que conforme a esta Escritura debo
hacer, dichas circunstancias no me eximirán de la obligación de pagar y en
consecuencia mi acreedor continuará reteniendo el Inmueble hipotecado y la
Pre-nombrada hacienda hasta que la deuda fuera cancelada, ni impedirán, si
fuere el caso que mi acreedor considere la obligación como de plazo vencido y
proceda consecuencialmente. Este contrato durará -- años a partir de la fecha de registro de
este Documento o hasta la total cancelación de las obligaciones a que se
refiere el Documento aludido en el encabezamiento de la presente Escritura. Es
convenido que lo no estipulado en este documento queda ceñido a las
Disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, en su artículo comprendido
desde el 1.855 hasta el 1.862 inclusive. (Lugar y fecha).
Los otorgantes.