Modelo Contrato Arrendamiento de Cine

Contrato Arrendamiento de Cine

Entre la Compañía Anónima -- sociedad organizada bajo las Le­yes de la República de -- según consta del asiento No. -- fecha --del Registro Mercantil de la--Circunscripción judicial, representada en este acto por su Apoderado, Sr-- (identifi­carlo), quien en lo adelante se denominará “EL ARRENDATARIO”, por una parte y por la otra, el Dr. -- (identificarlo), quien más adelante se denominará “EL ARRENDADOR”, se ha convenido en celebrar el presente Contrato, regido bajo las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: “EL ARRENDADOR”, da en arrendamiento a “EL ARRENDATARIO” el Edificio de su propiedad denominado Ci­ne ­­­­-- situado en la ciudad de -- Estado --  y marcado con el No. -- con todos los equipos, mobiliario y demás útiles que son: también de la propiedad de “EL ARRENDADOR” y que sé especifica­n por inventario separado, que firmado por ambas partes, formará parte integrante de este Contrato. Dicha propiedad consta en Documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro --  de este Distrito, bajo el No -- folio -- ,Tomo -- Protocolo --SEGUNDA: El canon mensual de arrendamiento del Edificio, equipos, nobiliario y útiles arrendados será del  --  por ciento (   --  %); sobre la entrada bruta que pagará puntualmente “EL ARRENDATA­RJO” a “EL ARRENDADOR” al término de cada mes y dentro de los rimeros quince (15) días del mes siguiente. TERCERA: La falta de pagó de dos (2) mensualidades consecutivas, en su oportunidad, dará derecho a “EL ARRENDADOR” a rescindir este Contrato y a exigir como indemnización el equivalente a -- meses de arrendamiento. CUARTA: “EL ARRENDATARIO” tendrá derecho de rescindir este Contrato antes de finalizar, siempre y cuando avise a “EL ARRENDADOR”, por escrito, con un mes de anticipación. En tal caso “EL ARRENDADOR”, tendrá la facultad de exigir una indemnización equivalente a -- ( -- ) meses de arrendamiento. QUINTA: “EL ARRENDATARIO” explotará por su sola cuenta y riesgo la Propiedad arrendada en los ramos a que está destinada, a saber: Exhibiciones de películas y representaciones teatrales o variedades, y tendrá su cargo la administración y manejo de dicha explotación con todo lo relativo a las autoridades, empleados y con el público, quedando “EL ARRENDADOR” exceptuado de toda responsabilidad, salvo las que pudieren originarse por defectos de construcción o vicios ocultos del edificio del mismo. SEXTA: “EL ARRENDATARIO” se compro­mete a conservar el edificio, equipos, mobiliario y útiles arrendados en el mismo estado en que los reciba y a devolverlos así al término del pre­sente Contrato, salvo el desgaste natural ocasionado por el uso. SEPTI­MA: Las reparaciones menores de cualquier naturaleza que puedan necesitar los equipos, mobiliario y útiles arrendados durante todo el tiempo que dure este Contrato serán por cuenta de “EL ARRENDATARIO”. OCTAVA: Las reparaciones menores que requiera el edificio arren­dado durante todo el tiempo que dure este Contrato serán por cuenta de “EL ARRENDATARIO”, así como también aquellas mayores que se originaren por su culpa o negligencia, y serán por cuenta de “EL ARRENDADOR” aquellas reparaciones mayores que no sean origina­das por culpa o negligencia de “EL ARRENDATARIO” o que se pro­duzcan por vicios ocultos del edificio o por el desgaste que a juicio de las partes, sea motivado por el uso a que se destine. NOVENA: Serán por cuenta de “EL ARRENDADOR” los derechos municipales de fren­te y todos los impuestos existentes que se crearen en el futuro sobre propiedades, y serán por cuenta de “EL ARRENDATARIO” el pago de los derechos de agua, así como los derechos que graven la explotación ejercida por esta última. DECIMA: Dicho arrendamiento se celebra por un plazo fijo de-- años (--), a contar del -- de ----  pudiendo prorrogarse por un término de-- (--) años más, a voluntad de “EL ARRENDATARIO”. DECIMA PRIME­RA: En caso de venta del Inmueble materia de este Contrato, “EL ARRENDATARIO” tendrá preferentemente derecho en igualdad de condiciones. DECIMA SEGUNDA: “EL ARRENDADOR” se obliga a asegurar los edificios, equipos, máquinas, mobiliario y demás apara­tos y útiles que comprende este contrato, contra los riesgos de incen­dio y conmoción civil a sus propias expensas. DECIMA TERCERA: En caso de cerrarse el edificio arrendado por motivos de fuerza mayor, por caso fortuito o por una orden emanada de alguna autoridad ejecuti­va, “EL ARRENDADOR” no cobrará la respectiva pensión de arrenda­miento del teatro arrendado por el tiempo que esté cerrado dicho edi­ficio. DECIMA CUARTA: Queda convenido y aceptado por ambas partes que todas las responsabilidades y compromisos con los emplea­dos que puedan derivarse de la Ley del Trabajo vigente y sus Regla­mentos y Decretos, o de contratos colectivos anteriores a la fecha en que se comenzará a regir este Contrato, serán por la exclusiva cuenta de “EL ARRENDADOR”. DECIMA QUINTA: Para todo lo relaciona­do con este Contrato y sus consecuencias jurídicas, las partes firmantes convienen expresamente en elegir como domicilio especial la ciudad de -- a la jurisdicción de cuyos tribunales de Justicia se someterán. DECIMA SEXTA: Hecho en dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de   -- a los días -- del mes -- de --
“EL ARRENDADOR”,                                                                   “EL ARRENDATARIO”,

CLAUSULA ADICIONAL: A los efectos y fines de la Cláusula Segun­da de este Contrato, se entiende por entrada bruta, el producto de en­tradas del mes, menos el Impuesto Municipal si lo hubiere. “EL ARRENDATARIO” garantiza a “EL ARRENDADOR” que su partici­pación del     por ciento ( %) no será nunca menor de -- -- (-- ) mensuales. Queda entendido y aceptado que “EL ARRENDATARIO” pagará a “EL ARRENDADOR” por adelantado, el equivalente a lo establecido en la garantía mínima en --  -- gi­ros de --    -- --  cada uno, con vencimiento éstos de  -- (--) y (--)días.

“EL ARRENDADOR”,                                                                   “EL ARREN DATARIO”.