Promoción Yacencia Herencia y Cobro Privilegiado
Ciudadano
Juez de Primera Instancia en lo Civil de
Su Despacho
Yo , mayor de
edad, de este domicilio, de nacionalidad
de profesión , de estado
civil , con Cédula de Identidad
No , asistido en este acto por el
Doctor , abogado venezolano en
ejercicio, y también de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el
No , ante usted, con la venia de
estilo, ocurro y expongo: Consta de la copia certificada de la Partida de
Defunción que acompaño marcada “A” que el ciudadano , de nacionalidad , de estado civil , de profesión ,titular de la Cédula de Identidad
No , de años de edad con la residencia siguiente , falleció en esta ciudad, el día Y es el caso, Ciudadano Juez, que dicho
señor murió ab-intestato, y, no dejó a su fallecimiento descendencia legítima
ni natural, ni tampoco ascendientes ni colaterales, es decir heredero forzoso
alguno. Lo que sí dejó fueron unos bienes de fortuna, por lo cual, y de acuerdo
con el texto del artículo 1 .060 del Código Civil Vigente, acudo ante su competente
Autoridad, para promover como en efecto promuevo, la Yacencia de la Herencia
del indicado fallecido y pido a
usted, al tenor del articulo 1.061 ejusdem nombre un Curador para que se
encargue de la conservación y administración de los bienes que dejó el
De-cujus. Los bienes quedantes al fallecimiento del señor , según el conocimiento que hasta ahora
tengo son los siguientes: 1) El apartamento en que vivía, ubicado en la
siguiente dirección y el cual
adquirió de , en fecha según documento
autenticado bajo el No , folio Torno Pro
tocolo de la Oficina
Subalterna de Registro del Circuito de Registro 2) Los muebles que en el apartamento
descrito dejó y allí se encuentran. 3). Su vehículo Marca Placa
, y cuyos pormenores constan en el documento de propiedad de dicho
vehículo que se acompaña marcado “A”. 4) Su cuenta de ahorro No del Banco según consta de libreta respectiva que acompaño marcada “B”. 5) Las
prestaciones Sociales como gerente que fue del Banco Estos bienes pertenecen a la Nación
Venezolana, porque como dije anteriormente el fallecido no dejó herederos
legítimos ni naturales de ninguna clase como se demostrará en el curso de este
procedimiento de herencia yacente. Por otra parte, notifico al ciudadano Juez,
que yo atendí durante su enfermedad al señor
, cubriendo con mi propio dinero todos los gastos de la misma y
cancelando con dinero de mi propio peculio el pago que tenía que hacerse por
concepto de su entierro, del cual yo solamente me encargué sin ayuda de nadie.
Esta suma asciende a la cantidad de
bolívares (Bs. ) como lo demostré en su oportunidad. Como quiera que
esos gastos significaron una bastante disminución de mi patrimonio y me convierte
en consecuencia, en acreedor de dichas sumas, crédito, que además, tiene el
carácter de privilegiado conforme a lo previsto en el artículo 1.870 del Código
Civil Patrio Vigente en sus numerales 2o y 3o y como además, dicha obligación
está insoluta, tengo pleno derecho a cobrarla y percibir su pago según la
deducción que se haga cuando los bienes del prenombrado fallecido pasen al Patrimonio de la Nación, al
tenor de lo dispuesto en el artículo 832 ejusdem. Por requerir el caso, pido al
Ciudadano Juez se sirva notificar a los ciudadanos Ministros de Hacienda,
Administración Regional de Hacienda, Departamento de Sucesiones, al Procurador
General de la República y al Presidente del Banco en donde cursa la cuenta de ahorros del
de-cujus y donde el mismo fuera gerente durante 15 años consecutivos, a fin de
notificar debidamente sobre este procedimiento de Herencia Yacente. Pido
asimismo que la presente solicitud sea admitida, sustanciada conforme a
derecho y en fin declarada con lugar con todos los Pronunciamientos de Ley. Es
Justicia que espero en la ciudad de
a los días del mes de de --
Firma de el solicitante y su abogado asistente