Modelo Solicitud Partición Suplementaria

Solicitud Partición Suplementaria

CIUDADANO
JUEZ  DE PRIMEA INSTANCIA EN LO CIVIL DE  
SU DESPACHO.

Yo, ________, a bogado venezolano en ejercicio, de este domicilio, ins­crito en el Inpreabogado bajo el No ________, actuando como Apodera­do de la Señora ________, quien es mayor de edad, de este domicilio, de nacionalidad   ________, de profesión  ________, con Cédula de Identidad No ________, y legalmente separada de cuerpo y bienes del ciudadano ________, quien también es mayor de edad y de este domicilio, de nacio­nalidad ________, de profesión ________, con Cédula de Identidad No. ________, según Poder que acompaño marcado con la letra “A”, ante usted con la venia de estilo ocurro y expongo: En fecha  ________     mi Poderdante y su cónyuge ambos identificados, celebraron por ante este mismo Tribunal su separación judicial de Bienes y Cuerpos y liquida­ron la comunidad de bienes gananciales existentes para esa fecha. Acompaño marcada “B”, dicha prueba certificada. En el escrito de li­quidación de la comunidad de bienes gananciales pertinentes, no se indicó la existencia de un crédito que existe a nombre del cónyuge, pero que es en verdad a favor de la comunidad conyugal, en contra de la Empresa Mercantil de este domicilio inscrita en el Registro Mer­cantil de esta Circunscripción Judicial, el día ________, bajo el No. ­­__ Tomo ___, por la suma de ________ bolívares (Bs. ). Di­cho crédito repito, aunque aparece en dicha empresa a favor del cón­yuge Señor ________, es de la sociedad conyugal, por haberla adquirido du­rante la vigencia, de su matrimonio con mi Poderdante como queda comprobado en los recaudos que acompaño marcados “B” y “C”. De lo expuesto se deduce, en atención al texto del artículo 164 del Código Patrio Vigente, que corresponde a mi Mandante, la mitad de ese crédi­to o sea la suma de ________ bolívares (Bs. ), 50% del aludido crédi­to más la mitad. de los intereses que devengue el mismo hasta su definiti­va cancelación. En consecuencia y a los fines de que se efectúe la Par­tición Suplementaria correspondiente a la liquidación celebrada entre mi Poderdante y su cónyuge y en base al último aparte del artículo 1.120 del Código Civil Vigente, ocurro ante su competente autoridad, en nombre de mi Poderdante ________, ya identificada  para demandar como en efecto lo hago hoy formalmente siguiendo instrucciones de la misma al ciudadano  ________, también identificado en este escrito, para que convenga en que la Señora ________ es acreedora de la Empresa   ________  por las razones aquí expuestas por la cantidad de     ________   bolívares (Bs ) y en con­secuencia ceda hasta por ese monto, el crédito que actualmente apare­ce a su favor y en contra de      ________, y en caso de su negativa, pido que así lo establezca el Tribunal en la definitiva, y que la sentencia que aquí recaiga sea título suficiente para acreditar a mi Poderdante Señora   ________    como acreedora de    ________    hasta por la suma de   ________    bolí­vares (Bs. ). Para garantizar las resultas de este juicio solicito respe­tuosamente del Tribunal se sirva decretar medida de embargo sobre bie­nes muebles en posesión del demandado, que oportunamente señala­ré y pido igualmente que el mismo sea citado en forma personal a fin de que me absuelva las posiciones juradas que le formularé en la oportu­nidad que tenga a bien fijar el Tribunal. Y a los fines de proceder a la notificación de la empresa deudora ________, solicito que se me expi­da copia certificada de la presente demanda, de su auto dc admisión y del que acuerde esta solicitud. Finalmente pido, que esta demanda sea admitida, sustanciada conforme a derecho y declarada con lugar con sus costas para la definitiva. Es Justicia que espero en la ciudad de ________  a los  ­­­­____ días del mes de    ________   de --       

Firma del abogado actor


NOTA: Artículo 164 del Código Civil: “Se presume que pertenecen a la comunidad todos los bienes existentes mientras no se pruebe que son propios de alguno de los cónyuges”.
Artículo 1.120 ejusdem: “Las particiones pueden rescindirse por las mismas causas que dan lugar a la rescisión de los contratos.
Puede también haber lugar a la rescisión, cuando uno de los cobradores ha padecido lesión que exceda del cuarto de su parte en la partición. La simple omisión de un objeto de la heren­cia, no da lugar a la acción de rescisión sino a una partición suplementaria”.