Solicitud Dispensa Impedimento Existe Contraer Matrimonio Tíos y Sobrinos y Entre Cuñados

Solicitud Dispensa Impedimento Existe Contraer Matrimonio Tíos y Sobrinos y Entre Cuñados

ARTICULO 53 DEL CÓDIGO CIVIL Y 65 EJUSDEM
CIUDADANO
JUEZ  DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE
SU DESPACHO
Yo, ________________,       mayor de edad, de este domicilio, de nacionalidad ________________,    de profesión ________________,, de estado civil _______, titular de la Cédula de Identidad No ________________, asistida en este acto por el Doctor ________________,, abo­gado venezolano en ejercicio y también de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No _______,, ante usted con la venia de estilo, ocurro y expongo: Me propongo celebrar próximo matrimonio con la ciudadana ________________,(identificarla con sus seis características), quien es hija legítima de mi hermana ________________, (identificarla con sus seis características). En base al tenor del artículo 65 del Código Civil Vigente me dirijo ante su competente autoridad para rogarle me dispense el im­pedimento establecido en el artículo 53 ejusdem. En consecuencia se sirva concederme autorización para contraer matrimonio con ________________, quien es mi sobrina legítima. Admitida esta solicitud y evacuada perti­nentemente, pido me sea devuelta original con sus resultas. Es Justicia que espero en la ciudad de _______,  a los  _______,   días del mes de _______,  de              
Firma del solicitante y su abogado asistente,

NOTA: Artículo 53 y 65 del Código Civil.
Articulo 53 del Código Civil. “No se permite cl matrimonio entre tíos y sobrinos, ni entre tíos y los descendientes de los sobrinos”. “Tampoco se permite el matrimonio entre cuñados cuando el que produjo la afinidad quedó disuelto por divorcio”.
Artículo 65 ejusdem: “Los jueces dc Primera Instancia en lo Civil pueden dispensar cl impedi­mento que existe entre los tíos y sobrinos de cualquier grado y entre los cuñados”.