Modelo Inventario Consejo Tutela

INVENTARIO QUE DEBE FORMAR EL

CONSEJO DE TUTELA

Nosotros    y       , tutor y protutor del menor   (identificarlo)  y   y (identificarlos), miembros constituyentes del Consejo de Tutela del mismo, de acuerdo con lo previsto por el Artículo 35 1 del Código Civil y dentro del lapso legal, procedemos a practicar el Inven­tario de los bienes del menor en la forma siguiente:

ACTIVO

Un Apartamento totalmente pagado (hacer todas las es­pecificaciones posibles), ubicado en (tomar del docu­mento ubicación y demás detalles de identificación del inmueble), cuyo valor se calcula en                                                                           

Bs.     ,00

Muebles:
1 juego de sala de cuatro sillones y una mesa (especifi­carlos hasta donde sea posibles), 1 juego de comedor (especificarlo hasta donde sea posible) y 1 juego de cuar­to (especificarlo hasta donde sea posible            
Bs.     ,00

Otros valores
            acciones Nominativas del Club                Cta. Cte. No      del Banco     Oficina Principal de esta ciudad
1 prendedor de corbata en oro blanco, con brillante in­crustado de 1/2 quilate                           

PASIVO

Obligación contraída a favor de    , que devenga el interés del 1 por 100 mensual, ya vencido           

OTROS EFECTOS:

Una escritura del inmueble descrito y Documento respectivo de Condominio, en diez folios útiles En un folio acreencia a favor de   
El anterior Inventario da a favor del menor un Balance
favorable de                                   
Se hacen dos (2) ejemplares de este Inventario, uno de los cuales que­dará en poder del Tutor y el otro será remitido al Juez de Primera Ins­tancia en lo Civil, que es el llamado a conocer de los asuntos de esta Tutela. (Lugar y fecha).


NOTA: Según et Artículo 352 del Código Civil, el Inventario lo hará el Tutor sin intervención del Juez, pero con asistencia del Protutor y del Consejo de Tutela. Si hubiese que inventariar Bienes situados   fuera de la jurisdicción del juez competente para conocer de la tutela, cl Tribu­nal comisionará al Juez local de Primera Instancia para que constituya un Consejo Auxiliar de Tutela, reciba y envíe el Inventario formado.
El Tutor practicará el Inventario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento de su nombramiento. Según el Artículo 353 dcl Código Civil, el Inventario de­be indicar los muebles, los inmuebles, deudas, créditos, escrituras, papeles y notas relativos a la situación activa y pasiva del menor, la estimación del valor de los muebles y el aproximado y la descripción de los inmuebles.

El Inventario deberá terminarse dentro de treinta (30) días, pero el Juez podrá prorrogar este lapso si las circunstancias lo exigieren.