NOMBRAMIENTO DE TUTOR ARTICULO 301
DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE
CIUDADANO
JUEZ DE MENORES
SU DESPACHO
Yo
, mayor de edad, de este domicilio, de nacionalidad de profesión , de estado civil ,
titular de la Cédula de Identidad No ,
asistido por el Doctor , abogado
venezolano en ejercicio, también de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado
bajo el No , ante usted, con la
venia de estilo, ocurro y expongo:
Tengo de hecho bajo mi
guarda a mi nieto , quien actualmente
cuenta con años de edad, según consta de Partida de
nacimiento que acompaño marcada con la letra “A”. Dicho nieto, es hijo de mi
hija , fallecida en esta ciudad el
día según consta de copia
certificada del acta de defunción que acompaño marcada con la letra “B”. Mi
fallecida hija tenía la Patria Potestad de mi prenombrado nieto, por lo cual
al fallecer este, quedó sin representación legal y por ello, se requiere, de
conformidad con el artículo 301 del Código Civil Vigente proveerlo de tal.
Como la filiación, en este caso, solo está establecida de parte de la línea
materna, de pleno derecho, le corresponde la Tutela a los familiares maternos y
máxime cuando, como en este caso, el mencionado menor permanece al lado de su
abuela materna que soy yo. Es por lo cual y en favor de la estabilidad física,
educacional y emocional del menor que le ruego se me nombre Tutora, pidiéndole
se ordene la apertura de la Tutela correspondiente y consignándole lista de
personas que a mi entender pueda integrarla. Protutor (identificarle con sus seis
características). Suplente
(identificarle con sus seis características). Consejo de Tutela: , (identificarle con sus seis
características) (identificarle
con sus seis características) ,
(identificarle con sus seis características) (identificarla con sus seis
características). Es Justicia que solicito y espero en la
ciudad de ______ a los días del mes de
de 2000
Firma de la solicitante y su abogado asistente,
NOTA: Al
ser presentada esa solicitud Tribunal, éste la admite con los recaude
acompañados, manda abrir el Consejo de Tutela, nombrad Consejo de Tutela con las personas nombradas en dicha
solicitud, y les ordena aparecer por la
Sala dc Audiencias del Tribunal a fin de que manifiesten su aceptación o excusa y presten el juramento dc Ley. •
igualmente su opinión sobre quienes
deben desempeñar los cargos de tutor. Protutor, y Suplente del menor
cuya Tutela se gestiona.
Articulo 501 del Código Civil Vigente. “Todo
menor de edad que no tenga representante legal será previsto de tutor y Protutor y suplente de este”