Separación bienes y cuerpos con menores
Ciudadano
Juez de
Primera Instancia de Protección al Niño y al Adolescente
De la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Su Despacho.‑
Nosotros, xxxxxxxxx
y xxxx, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Caracas, cónyuges,
titulares de las Cédulas de Identidad Nos. xxx y xxx, respectivamente,
asistidos en este acto por ----------------------------------, abogado en
ejercicio e inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo
el N° ----------, ante usted respetuosamente ocurrimos para
exponer:
Consta de
copia certificada que marcada con la letra "A" acompañamos a este
escrito, que contrajimos matrimonio por ante el Prefecto del Municipio Autónomo
Chacao del Estado Miranda, en fecha 11 de agosto de 1993, según consta en acta
de matrimonio expedida en esa misma fecha.
De dicha unión matrimonial procreamos dos (02) hijos de nombres xxxx,
quien nació el xx de enero de xxxx, y xxxx, quien nació el xxxx, lo cual se
evidencia de copias certificadas de las partidas de nacimiento marcadas con las
letras "B y C" acompañamos a esta solicitud.
Ahora bien,
ciudadano Juez, de mutuo y común acuerdo hemos convenido en separarnos de
cuerpos y bienes, conforme a lo establecido en el artículo 189 del Código
Civil. La separación por nosotros
acordada se regirá por las siguientes disposiciones:
DE LOS HIJOS
PATRIA POTESTAD. GUARDA Y CUSTODIA.
REGIMEN DE VISITAS
PRIMERA: Los cónyuges ejercerán conjuntamente
la patria potestad sobre los niños habidos en el matrimonio.
SEGUNDA: Los menores hijos permanecerán bajo la
guarda y custodia de la madre, quien sin perjuicio de lo establecido en
beneficio de los derechos del padre, la ejercerá hasta que éste alcance la
mayoridad.
TERCERA: El ciudadano ya identificado
depositará los días quince y último de cada mes la cantidad de bolívares (Bs. ) en el Juzgado de Menores de la Circunscripción
Judicial del por concepto de
pensión de alimentos para sus menores hijos equivalente al treinta y tres por
ciento (33,33%) de sus ingresos. Dichas cantidades serán retiradas por la madre
de dichos menores, la ciudadana o
por quien ella autorice suficientemente. Esta cantidad será aumentada en caso
de que el obligado disfrute de un aumento en sus ingresos, ya que el mismo,
tiene conciencia de que mientras más crezcan los niños tienen más necesidades. Estarán a
cargo de ambos padres, en forma conjunta, todos los gastos extraordinarios y de
carácter no periódico, tales como los de asistencia médica y odontológicos,
matrículas escolares, obtención de útiles y uniformes escolares.
CUARTA: El ciudadano ya
identificado podrá visitar a los menores en la dirección señalada o en la que
se señale en caso de cambio, en los días y forma que aquí se determina: Dos
fines de semana alternados al mes, pero siempre llevándolos a dormir con su
madre, a menos que los lleve de paseo o de excursión y previo aviso a la madre
de dichos menores para que pueda retenerlos esa noche de sábado a domingo, y
reintégralos domingo a la seis de la tarde. El día del padre lo pasarán con el
padre, y el día de la madre lo pasarán con su madre. En cuanto a la Semana
Santa y Carnaval serán alternados, el primer año tocará Carnaval al padre y
Semana Santa a la madre, el segundo año tocará Carnaval a la madre y Semana
Santa al padre. y así sucesivamente alternando cada año, lo mismo con Navidad
Año Nuevo y Reyes: El primer año pasarán Navidad con la madre y Año Nuevo y
Reyes con el padre, el segundo año pasarán Navidad con el padre, Año Nuevo y
Reyes con la madre y así sucesivamente alternando cada año hasta su mayoría de
edad. En cuanto a las vacaciones escolares la primera mitad podrán pasarla con
el padre y la otra mitad con la madre.
II.‑ REGIMEN
PATRIMONIAL
QUINTA: Al contraer matrimonio ambos
cónyuges declaran que no existe comunidad de gananciales, ni obligaciones o
beneficios a cargo o a favor de uno u otro cónyuge y que nada tiene que
reclamarse por ningún otro concepto, excepto la obligación estipulada en el
presente documento. Durante la vigencia
de nuestra unión, fueron adquiridos los siguientes bienes:
ACTIVOS
1.‑ Un apartamento, distinguido con el N° -------, ubicado en el Piso ---- del Edificio
--------------, ubicado en
------------------------------------------------------- Miranda. Dicho
apartamento tiene un área aproximada de -------------------------------------
(----------Mts2). El inmueble en referencia se encuentra bajo la
posesión de los cónyuges, y el cual fue adquirida por ambos cónyuges, según
consta de documento registrado el día---- de ----------- de ----------bajo el
Nº---------, folio-----, Tomo------, Protocolo---------, en la Oficina
Subalterna de --------------- y cuyos linderos, medidas y demás especificaciones constan en el citado
documento marcado “C”, el cual se anexa copia certificada. El apartamento
anteriormente identificado fue adquirido por el precio de ------------------(--------),
adeudándolos conyugues la suma de -------------------------(----), que
comprende el capital mas los intereses. Cada uno de los cónyuges conserva el
cincuenta por ciento (50%) del activo de la propiedad, y a la vez, se obligan
cada uno de ellos a cancelar el cincuenta por ciento (50%) de la cantidad de
------------------------(--------). Cancelado que haya sido el saldo del precio
adeudado del inmueble propiedad conyugal, cada uno de los cónyuges conserva el
cincuenta por ciento (50%) de la propiedad del apartamento. Aparte de este bien
conyugal, adquirimos un vehículo Placa ------, serial de
Carrocería-------------. Marca-------------, Modelo:------------,
Tipo:--------------------, Uso:--------------, Colores:---------------- Serial
del Motor:--------------------, el cual se encuentra a nombre del
cónyuge-----------------------------, tal y como consta del certificado de
registro de vehículos expedido por el Servicio Autónomo de Transporte y
Tránsito Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones--------------,
marcado con la letra “R”, ambos cónyuges declaran que dicho bien, se encuentra
en perfectas y excelentes condiciones, como tampoco pesa ningún tipo de
gravamen.
2.- El mueblaje adquirido para la residencia
del hogar común, que se encuentra en dicho apartamento con un valor estimado
------------------------------- (----------)..
PASIVOS
1.‑ La cantidad
de-----------------------------------
(Bs.-----------------) adeudados a---------------------------. en
calidad de préstamo, según se evidencia del documento.
Los bienes del activo anteriormente identificados han sido
avaluados de común acuerdo en la cantidad total de
---------------------------------- (Bs.-------------), resultantes de la
sumatoria de los valores individuales asignados a cada uno de dichos
bienes. El monto total del pasivo que
soporta a esta fecha la comunidad conyugal asciende a la cantidad de
----------------------------------------------------- (Bs.--------------------).
SEXTA: El ciudadano MARIO RAMON VASQUEZ RUBIO,
manifiesta su voluntad de ceder su CINCUENTA POR CIENTO (50%) del activo
cancelado asta el momento del apartamento descrito en el ordinal 1° del particular relativo al activo de la comunidad conyugal a
sus dos menores y únicos hijos de
nombres ALEJANDRO MIGUEL, quien nació el 10 de enero de 1997, y ANDREA
CAROLINA, quien nació el 30 de noviembre de 1999.
La
ciudadana MARCELA JANETT CORTES DE VASQUEZ, se compromete en un lapso no mayor
de SEIS (06) MESES, a cancelarle al ciudadano MARIO RAMON VASQUEZ RUBIO, la
cantidad de --------------- bolívares (Bs.--------), el cual es equivalente al
CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la venta
de mis joyas y artículos de valor.
Ambos
cónyuges manifiestan su voluntad de que el vehículo Placa ------, serial de
Carrocería-------------. Marca-------------, Modelo:------------,
Tipo:--------------------, Uso:--------------, Colores:---------------- Serial
del Motor:--------------------, el cual se encuentra a nombre del
cónyuge-----------------------------, será objeto de venta efectuada de mutuo
acuerdo entre ambos comuneros, y cuyo producto será distribuido entre ellos en
porcentajes iguales al CINCUENTA POR CIENTO
(50%) para cada uno, en un lapso no mayor de un mes y el cual se encontrara
bajo la única responsabilidad del cónyuge encargado de dicha venta.
Con las
anteriores adjudicaciones, hemos convenido en liquidar, partir y disolver la
comunidad de gananciales existentes entre nosotros en razón del matrimonio y
pedimos al ciudadano Juez que, al decretar la separación de cuerpos y bienes
solicitada, así se sirva acordarlo, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 189 del Código Civil.