Liquidación y Venta de Terreno
Nosotros, -- y --, venezolanos mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad números: - -, respectivamente, ambos del mismo domicilio,por medio del presente documento formalmente declaramos lo siguiente: Somos propietarios de un lote de terreno constante de Doscientas Hectáreas (200 HAS), las cuales se encuentran ubicadas en una extensión de terreno del Fundo “ - -“ ubicado en el Municipio --, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos propiedad del ciudadano -; SUR: -; ESTE: Terrenos que son del ciudadano - y OESTE: Terrenos del Fundo - propiedad de -; el cual nos pertenece según consta en documento que se encuentra debidamente protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio - bajo el número tres ( 3) y a los folios del vuelto - al - frente del Protocolo Primero, Tomo Segundo, de fecha tres de Noviembre de Mil Novecientos Noventa y Nueve. Dicho lote de terreno lo venimos poseyendo en comunidad con una cuota de cincuenta por ciento ( 50%) cada uno, por lo que nos corresponde un total de Cien Hectáreas (100 Has ) para cada comunero o copropietario; y por lo tanto, hemos decidido realizar la liquidación y partición de la comunidad de conformidad a lo pautado en el articulo 788 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 765 y 768 del Código Civil, la cual se regirá en los siguientes términos: PRIMERO: El comunero - vende a - un lote de Noventa Hectáreas ( 90 Has), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: terrenos -; SUR: -; ESTE: Terrenos de - Y OESTE: Terrenos pertenecientes al -, propiedad de -, por un monto de -- BOLÍVARES ( Bs. --.000 ) los cuales declaro recibir en este acto a mi entera y cabal satisfacción, el lote de terreno objeto de la presente venta me pertenece ya que forma parte de una extensión de Cien Hectáreas ( 100 Has), las cuales se encuentran debidamente identificadas ut supra. SEGUNDO: Las Diez Hectáreas ( 10 Has ) restantes pertenecientes a -- quedan alinderadas de la manera siguiente: NORTE: Terrenos que son de -; SUR: Terrenos pertenecientes al ciudadano -; y OESTE: - perteneciente al ciudadano -S. Ambos acuerdan dar por terminado la comunidad que existía sobre el bien entes descrito y alinderado y que cada una de las partes se respetaran recíprocamente los lotes de terreno antes demarcado y se obligan al saneamiento de ley. Y yo, - acepto la venta que se me hace en los términos antes señalados y conjuntamente con - damos por liquidados y disuelta la comunidad existente en relación al predio rústico antes identificado. Así lo manifestamos en la ciudad de --, a la fecha de su presentaciòn.
LOS OTORGANTES.