Quien suscribe, ____________________, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-__________, actuando en mi carácter de Presidente de la sociedad mercantil ____________________C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas e inscrita por ante la Oficina del Registro Mercantil _________ del ___________ y Estado Bolivariano de _________ en fecha ___ de ________ de ________, bajo el No. ___, Tomo _____, por medio del presente documento declaro: “Que confiero poder judicial y extrajudicial, amplio y suficiente, en cuanto a derecho se requiere, a los abogados ________________, ______________, ________________, _____________, _________________, __________________, ______________, _______________, ___________________, ____________________, y ________________, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-__________, V-_________, V-_____________, V-______________, V-_____________, V-____________, V-__________, V-______________, V-______________, V-_______________, y V-_____________, respectivamente, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. __________, _____________, ____________, _____________, _____________, _____________, __________, ______________, ____________, _____________, y _____________, también respectivamente, para que actuando conjunta o separadamente representen, sostengan y defiendan, todos los derechos e intereses de la sociedad que represento ante cualesquiera personas, entidades o autoridades, sean públicas o privadas, Nacional, Estadas o Municipal, autoridades administrativas y/o judiciales de la República Bolivariana de Venezuela, incluyendo cualquiera de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia, en todos los asuntos administrativos y judiciales que le ocurran o puedan ocurrir en el Territorio Nacional. En el ejercicio del presente mandato, los prenombrados apoderados quedan ampliamente facultados para comparecer y gestionar ante cualesquiera personas naturales y/o jurídicas, y ante todas y cada una de las autoridades de la República Bolivariana de Venezuela todas las acciones que consideren pertinentes para la defensa y resguardo de los derechos e intereses de mi representada. En lo extrajudicial podrán los apoderados nacionales que corresponda cualquier información, realizar solicitudes, así como cualquier pago relacionado con dichas solicitudes, hacer declaraciones, recibir documentos, solicitar renovaciones, solicitar testimonios, desistir, recibir y otorgar cualquier documento público o privado, formular oposiciones, objeciones y protestas. De igual forma, quedan ampliamente facultados para el ejercicio de su representación ante la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), así como toda la administración tributaria en general. Así mismo, en el ejercicio del presente mandato, los prenombrados apoderados quedan expresamente facultados para defender los derechos e intereses de mi representada en cualquier procedimiento que deba llevarse ante los órganos jurisdiccionales ordinarios en materia civil, mercantil, penal o administrativo. En el ejercicio del presente poder quedan igualmente facultados los prenombrados apoderados para participar a lo largo de cualquier procedimiento conciliatorio y arbitral, en cualquier incidencia o instancia; y en particular para realizar todas las acciones necesarias para la mejor defensa de mi representada, pudiendo incluso reconvenir, intentar y contestar la demanda, designar árbitros, actuar en toda clase de audiencias convocadas por el conciliador o el tribunal arbitral, interponer o hacerse parte en toda clase de recursos, en especial el recurso de nulidad contra el laudo o decisión arbitral previsto en la Ley de Arbitraje Comercial, y proseguirlos en todas sus instancias o incidencias, hasta su terminación definitiva ante cualquier tribunal en el que se halle la demanda principal o cualquiera de sus incidencias, incluyendo la ejecución del laudo judicial que pudiere sobrevenir como consecuencia del procedimiento arbitral; darse por citados y/o notificados, convenir, desistir o transigir en el procedimiento arbitral, o fuera de él; recibir cantidades de dinero; promover o evacuar cualquiera pruebas, solicitar el decreto y práctica de todo tipo de medidas preventivas y ejecutivas, y oponerse o apelas de las que se decreten o practiquen en contra de mi representada, o sobre sus bienes; impugnar poderes o solicitar la evidencia de su legítimo otorgamiento; plantear recusaciones, reposiciones y procedimientos de queda; solicitar la perención de la instancia y la extinción de los procesos; solicitar la reforma y la nulidad de los actos, solicitar cualquier providencia así sea de mera sustanciación o de mero trámite. Asimismo, los prenombrados abogados quedan expresamente facultados para que en nombre y representación de mi representada puedan convenir en la demanda, desistir, transigir, comprometer en árbitros, solicitar la decisión según la equidad, hacer posturas en remates, recibir cantidades de dinero y disponer del derecho en litigio, cualquiera que esto sean. Los prenombrados apoderados podrán sustituir, reservándose o no su ejercicio, el presente mandato, total o parcialmente, en abogados de su confianza, para lo cual requerirán evidenciar autorización escrita emitida por los representantes legítimos de mi representada, por vía de email o carta. Asimismo, los prenombrados abogados quedan expresamente facultados para, en nombre de mi representada, convenir en la demanda, desistir, transigir, comprometer en árbitros, solicitar la decisión según la equidad, hacer posturas en remates, recibir cantidades de dinero y disponer del derecho en litigio. Queda expresamente convenido que las facultades aquí conferidas tienen carácter enunciativo y no taxativo, por lo que los citados apoderados están autorizados para realizar cualquier actuación que consideren conveniente para la mejor defensa de los derechos e intereses de mi representada. De conformidad con lo establecido en el Artículo 155 del Código de Procedimiento Civil, enunciamos y exhibimos en este acto para que el ciudadano Notario Público deje constancia que tuvo a su vista y le fue exhibido el Documento Constitutivo de ____________________C.A. del cual se evidencia el carácter y facultades del otorgante. En _________, a la fecha de su autenticación.