Documento Parcelamiento y Urbanismo
Yo ___
(identificarlo), por medio del presente Documento declaro: Soy propietario de
una extensión de terreno ubicado en ___ (detallar la ubicación plenamente),
cuyos linderos y medidas son los siguientes (copiarlos del Documento de
Propiedad), su área total es de
____________ metros
cuadrados ( mts.2) y, me pertenece por
compra que de él hice a los diferentes miembros de la Sucesión ____________, según consta de Documentos
protocolizados en la Oficina Subalterna del Distrito ____________ del Estado ____________ bajo los Nos ___ y
___, folios___ al ___ al, Tomos
___ vto. ___a ___ y ,Protocolos
_______________, y ,fechas ___ y
respectivamente, quienes a su vez lo obtuvieron por herencia de su
finado abuelo, quien falleció en esta ciudad ____________ el día ___ del mes de _______________ del año ___ y este último lo había adquirido como consta de Documento
protocolizado en la misma Oficina Subalterna de Registro, bajo el No ___, Tomo ___, folio ___, Protocolo ___, en fecha ___.
Esta extensión de terreno está dividida en ___
numero de parcelas, destinadas
numero de ellas a viviendas unifamiliares y están distinguidas con los
números desde el ___ al
___, con una zonificación de R/3 y en el plano general de la
Urbanización, que deseo vender, por parcelas y, del cual se acompaña una copia
para el Cuaderno de Comprobante. Las parcelas marcadas con el No ___,
comprendidos desde el ___ al
___ tienen una zonificación C-2
en el referido plano general y serán destinadas para edificar en ellas Centros
Comerciales, las parcelas marcadas con los números desde el ___
al ___ tienen una zonificación Educacional y por
lo tanto serán destinadas a Institutos Educacionales y una cancha deportiva y
las parcelas marcadas con los números desde el ___ al ___ inclusive tienen una
zonificación R-6 y serán destinadas a las edificaciones de viviendas
unifamiliares. Para dar cumplimiento al Artículo 2do. de la Ley de Venta de
Parcela, en su ordinal d), se le atribuye a cada una de las parcelas del
Pre-nombrado inmueble, los porcentajes que a continuación se determinan, en
relación con el valor fijado para la totalidad de la superficie vendible:
Parcela números ___ al
___ un valor del ___
por ciento ( %)’ parcelas números ___ al
___ inclusive un valor del ___ por ciento
___ (%), parcelas números ___ al ___ inclusive un valor del ___ por ciento ( %)
y parcelas No ___ al
___ inclusive un valor del ___
por ciento ( %). Sobre este inmueble, no existe gravamen alguno,
solamente, una servidumbre de paso, de conductores eléctricos constituidos a
favor de la Compañía _______________,
la cual consta de Documento protocolizado en la Pre-nombrada Oficina Subalterna
de Registro _______________, en fecha ___, bajo el No ___, Tomo ___ al folio
___, Protocolo ___ y otra servidumbre de
paso de conductores de gas, constituida a favor de la Compañía Anónima _______________, según Documento protocolizado
bajo el No ___
tomo ___, folio ___, Protocolo ___, el día ___
del mes _______________ del año ___ en la citada Oficina Subalterna de
Registro En cumplimiento a la Ley de
Venta de Parcelas en su aparte f) del Artículo 2do., anotaré en seguida en
este Documento de Urbanización o parcelamiento, las condiciones generales de
Urbanización, que regirán las ventas de las parcelas en que se descompone el
Parcelamiento _______________ y las cuales son los siguientes: PRIMERA:
Las parcelas vendidas tendrán construcciones que en todo momento deberán
ajustarse a las leyes, reglamentos y ordenanzas vigentes y sólo podrán ser
destinadas a los usos y tipo de construcción que les correspondan conforme a
las reglamentaciones y demás disposiciones legales de las autoridades
competentes. SEGUNDA: Las fachadas de toda edificación que se construya en la
Urbanización deberán ser aprobadas por mí o por la Compañía Urbanizadora que
yo constituya o a quien decida vender este parcelamiento, con antelación a su
construcción. TERCERA: Cada parcela dará frente a una Calle o Avenida de la
Urbanización y éstas tendrán que ser pavimentadas de asfalto o de concreto,
según lo decida quien venda. CUARTA: La Urbanización construirá las cloacas
matrices y el empotramiento particular correspondiente a cada parcela, el cual
llegará hasta el lindero de ésta y cuyo nivel y ubicación serán escogidos por
la urbanización. En consecuencia, antes de elaborarse el Proyecto de
Zonificación, el comprador de cada parcela, deberá informarse acerca de los
datos principales de su empotramiento particular, a fin de que haya acuerdo
entre el señalado proyecto de la Urbanización y el Proyecto de las
instalaciones sanitarias y cañerías elaborado por cada comprador de cada parcela.
QUINTA: Ni los compradores de las parcelas, ni la Urbanización podremos
instalar sobre ellas construcciones pre-fabricadas o de índole provisional ni
utilizarlas para depósito de materiales, etc. SEXTA: La Urbanización tendrá una
red completa de zonas verdes que limitará por uno de sus linderos con cada una
de sus parcelas, será dotadas de dos (2) parques y sus correspondientes aceras,
lo cual se comprometen a mantener limpios de aguas negras y toda clase de
desperdicios, tanto el comprador de cada parcela como sus causa-habientes. SEPTIMA:
El comprador recibe la parcela, tal como ésta se encuentra y por tanto no
tiene derecho a exigir movimiento de tierra, construcción de defensas ni
ejecución de ninguna obra de acondicionamiento en el terreno, ni puede exigir
responsabilidad alguna derivada de compactación de rellenos por taludes o
terraplenes no estabilizados, pues cada dueño de parcela está obligado a tomar
las precauciones técnicas que aseguren la estabilidad de su construcción,
asegurando-se de que sus fundaciones están hechas en terreno firme y seguro.
OCTAVA: Los compradores se obligan a respetar en todo
momento las disposiciones legales de la materia y las ordenanzas municipales vigentes
y de las que pudiesen promulgarse o decretarse por las autoridades
gubernamentales competentes y serán por su cuenta la gestión que hagan por
cualquier permiso o autorización que exijan las autoridades nacionales,
municipales, estatales o cualquier otra autoridad, después de obtener el título
de propietarios. NOVENA: Los gastos de protocolización de Documentos en la
Oficina de Registro Público pertinente, deberán ser pagados por cada comprador
de parcelas, así como también los gastos de redacción de Documento. DECIMA: La
Urbanización construirá dentro de sus terrenos, la red de tubería que se
requiere para el suministro del servicio de agua y garantiza para la parcela
vendida una dotación mínima de agua, de acuerdo con la tabla siguientes, basada
en la superficie de cada parcela y pormenorizada así: Parcelas hasta de ____________ metros cuadrados ( mts2) inclusive,
dotación de ___ litros de agua por día, parcelas de ____________ metros cuadrados ( mts2) hasta ___ metros
cuadrados ( mts2), inclusive,
dotación de _______________ litros de agua por día y parcelas mayor de _______________ metros cuadrados ( mts2) dotación de ___
litros de agua, reservándose la Urbanización, un número de derechos de
aguas adicionales para los edificios y apartamentos de viviendas familiares o
de locales comerciales, los que podrá otorgar en cada caso de acuerdo con los
compradores y cobrará por ese servicio las mismas tarifas que establezca el
Instituto Nacional de Obras Sanitarias. Esta obligación de suministrar agua
comenzará a dejar en servicio el acueducto de la Urbanización y cesará cuando
el mismo sea asumido por el citado Instituto Nacional de Obras Sanitarias o el
Organismo Público a quien corresponda. La Urbanización se reserva el derecho de
pasar por los linderos de las parcelas, o terrenos de éstas, las tuberías de
agua que necesite el parcelamiento u otra clase de conductores de aguas limpias
o negras, combustibles o energía, sin que por ello los propietarios o
compradores de parcelas, en donde se ejerce este derecho, pretendan
indemnización alguna. Para la conservación de la Urbanización y bien común de
sus compradores, la misma se reserva el derecho de libre paso para las personas
que con tal propósito lo hicieren. DECIMO PRIMERA: La Urbanización se ha
comprometido al suministro de electricidad y el dueño de cada parcela estará
obligado a respetar las estipulaciones que formularen en el Contrato celebrado
entre la Urbanización y la Compañía
_______________, el día
____________, del mes ___,
del año ___el cual quedó registrado
bajo el No ___, folio ___, Tomo ___,
Protocolo ___ de la Oficina Subalterna
del Registro ____________ y, el cual los compradores declararán conocer. DECIMO
SEGUNDA: Los compradores están en conocimiento que en el precio de venta no
está incluido derecho alguno a las cercas medianeras que pudieren ser
construidas por terceros propietarios y por lo tanto éstos no pueden exigirle
a la Urbanización nada al respecto, debiendo en este caso entenderse los
compradores por su propia cuenta con los propietarios de aquéllas. DECIMO
TERCERA: En las ventas de parcelas efectuadas por uno de los propietarios, si
resultaren diferencias entre el área real de la parcela y la indicada en el
Documento público, el vendedor reembolsará o cobrará al comprador la diferencia
que hubiere en su favor o en su contra, en dinero calculado al mismo precio
que por metro cuadrado (M2) se estipuló en dicho documento. Esta cláusula
tiene validez, siempre y cuando alguna de las partes lo solicite por escrito
dentro del año siguiente a la fecha del Documento Público. DECIMO CUARTA: Todas
las normas que obligan a la Urbanización por medio de este Documento y toda la
responsabilidad que asume derivada de las obras de urbanismo, cesarán y por lo
tanto dejarán de ser exigibles una vez que la Urbanización _______________ sea entregada a la Municipalidad o que las
obras destinadas al uso público pasen a su Jurisdicción o del Organismo a quien
corresponda. Si esta entrega se realiza por zonas o cuando uno o más de las
obras destinadas al uso público sean entregadas separadamente, las obligaciones
y responsabilidades de la Urbanización dejarán de ser exigibles en relación
con esa zona u obra entregada. DECIMO QUINTA: Las condiciones generales para la
venta de parcelas de la Urbanización _______________, que se estipularon en
este Documento, regirán en todas las ventas de las parcelas comprendidas dentro
de la extensión de terreno deslindada en este Documento, excepto en las
circunstancias en que la Urbanización modifique o derogue en el Documento de
venta de la parcela una o más de las cláusulas establecidas en virtud de la
presente Escritura. DECIMO SEXTA: Para todas las ventas de parcelas, sus
derivados y consecuencias queda elegida la ciudad de _______________, como
domicilio especial, a la jurisdicción de cuyos Tribunales se someterán las
partes. (Lugar y fecha).
Firma.