Modelo Documento Parcelamiento y Urbanismo

Documento Parcelamiento y Urbanismo

Yo       ___ (identificarlo), por medio del presente Documento declaro: Soy propietario de una extensión de terreno ubicado en ___ (detallar la ubicación plenamente), cuyos linderos y medidas son los siguientes (copiarlos del Documento de Propiedad), su área total es de  ____________    me­tros cuadrados  ( mts.2) y, me pertenece por compra que de él hice a los diferentes miembros de la Sucesión    ____________, según consta de Documentos protocolizados en la Oficina Subalterna del Distrito ____________  del Estado ____________ bajo los Nos ___ y ___, folios___ al ___  al, Tomos  ___    vto. ___a     ___ y   ,Protocolos _______________, y      ,fechas  ___ y        respectivamente, quienes a su vez lo obtuvieron por herencia de su finado abuelo, quien falleció en esta ciudad ____________ el día ___      del mes de _______________           del año ___     y este último lo había adquirido como consta de Documento protocolizado en la misma Ofi­cina Subalterna de Registro, bajo el No     ___, Tomo     ___, folio     ___, Protocolo     ___, en fecha  ___.    Esta extensión de terreno está dividida en  ___    numero de parcelas, destinadas       numero de ellas a viviendas unifamiliares y están distinguidas con los números desde el   ___    al  ___, con una zonificación de R/3 y en el plano general de la Urbanización, que deseo vender, por parcelas y, del cual se acompaña una copia para el Cuaderno de Comprobante. Las parce­las marcadas con el No ___, comprendidos desde el   ___   al  ___    tienen una zonificación C-2 en el referido plano general y serán destina­das para edificar en ellas Centros Comerciales, las parcelas marcadas con los números desde el    ___   al   ___     tienen una zonificación Educacional y por lo tanto serán destinadas a Institutos Educacionales y una cancha deportiva y las parcelas marcadas con los números desde el ___ al ___ inclusive tienen una zonificación R-6 y serán desti­nadas a las edificaciones de viviendas unifamiliares. Para dar cumpli­miento al Artículo 2do. de la Ley de Venta de Parcela, en su ordinal d), se le atribuye a cada una de las parcelas del Pre-nombrado inmueble, los porcentajes que a continuación se determinan, en relación con el valor fijado para la totalidad de la superficie vendible: Parcela números   ___    al    ___   un valor del   ___   por ciento ( %)’ parcelas números ___      al ___  inclusive un valor del ___ por ciento ___ (%), parcelas números ___ al ___ inclusive un valor del ___ por ciento ( %) y parcelas No   ___    al    ___   inclusi­ve un valor del   ___    por ciento ( %). Sobre este inmueble, no existe gravamen alguno, solamente, una servidumbre de paso, de conductores eléctricos constituidos a favor de la Compañía     _______________, la cual consta de Documento protocolizado en la Pre-nombrada Oficina Subalterna de Registro     _______________, en fecha  ___, bajo el No ___, To­mo ___ al folio ___,  Protocolo ___ y otra servidumbre de paso de conductores de gas, constituida a favor de la Compañía Anó­nima     _______________, según Documento protocolizado bajo el No ___    
tomo    ___, folio        ___, Protocolo            ___, el día       ___ del mes _______________ del año  ___    en la citada Oficina Subalterna de Registro     En cumplimiento a la Ley de Venta de Parcelas en su aparte f) del Ar­tículo 2do., anotaré en seguida en este Documento de Urbanización o parcelamiento, las condiciones generales de Urbanización, que regi­rán las ventas de las parcelas en que se descompone el Parcelamiento   _______________    y las cuales son los siguientes: PRIMERA: Las parcelas vendi­das tendrán construcciones que en todo momento deberán ajustarse a las leyes, reglamentos y ordenanzas vigentes y sólo podrán ser desti­nadas a los usos y tipo de construcción que les correspondan conforme a las reglamentaciones y demás disposiciones legales de las autoridades competentes. SEGUNDA: Las fachadas de toda edificación que se cons­truya en la Urbanización deberán ser aprobadas por mí o por la Compa­ñía Urbanizadora que yo constituya o a quien decida vender este par­celamiento, con antelación a su construcción. TERCERA: Cada parce­la dará frente a una Calle o Avenida de la Urbanización y éstas tendrán que ser pavimentadas de asfalto o de concreto, según lo decida quien venda. CUARTA: La Urbanización construirá las cloacas matrices y el empotramiento particular correspondiente a cada parcela, el cual llegará hasta el lindero de ésta y cuyo nivel y ubicación serán escogi­dos por la urbanización. En consecuencia, antes de elaborarse el Proyec­to de Zonificación, el comprador de cada parcela, deberá informarse acerca de los datos principales de su empotramiento particular, a fin de que haya acuerdo entre el señalado proyecto de la Urbanización y el Proyecto de las instalaciones sanitarias y cañerías elaborado por cada comprador de cada parcela. QUINTA: Ni los compradores de las par­celas, ni la Urbanización podremos instalar sobre ellas construcciones pre-fabricadas o de índole provisional ni utilizarlas para depósito de materiales, etc. SEXTA: La Urbanización tendrá una red completa de zonas verdes que limitará por uno de sus linderos con cada una de sus parcelas, será dotadas de dos (2) parques y sus correspondientes aceras, lo cual se comprometen a mantener limpios de aguas negras y toda cla­se de desperdicios, tanto el comprador de cada parcela como sus cau­sa-habientes. SEPTIMA: El comprador recibe la parcela, tal como és­ta se encuentra y por tanto no tiene derecho a exigir movimiento de tierra, construcción de defensas ni ejecución de ninguna obra de acondi­cionamiento en el terreno, ni puede exigir responsabilidad alguna deri­vada de compactación de rellenos por taludes o terraplenes no estabili­zados, pues cada dueño de parcela está obligado a tomar las precaucio­nes técnicas que aseguren la estabilidad de su construcción, asegurando-se de que sus fundaciones están hechas en terreno firme y seguro.
OCTAVA: Los compradores se obligan a respetar en todo momento las disposiciones legales de la materia y las ordenanzas municipales vi­gentes y de las que pudiesen promulgarse o decretarse por las autorida­des gubernamentales competentes y serán por su cuenta la gestión que hagan por cualquier permiso o autorización que exijan las autoridades nacionales, municipales, estatales o cualquier otra autoridad, después de obtener el título de propietarios. NOVENA: Los gastos de protoco­lización de Documentos en la Oficina de Registro Público pertinente, deberán ser pagados por cada comprador de parcelas, así como también los gastos de redacción de Documento. DECIMA: La Urbanización construirá dentro de sus terrenos, la red de tubería que se requiere para el suministro del servicio de agua y garantiza para la parcela vendida una dotación mínima de agua, de acuerdo con la tabla siguientes, basada en la superficie de cada parcela y pormenorizada así: Parcelas hasta de   ____________    metros cuadrados ( mts2) inclusive, dotación de  ___   litros de agua por día, parcelas de   ____________    metros cuadrados ( mts2) hasta ___ metros cuadrados (          mts2), inclusive, dotación de _______________ litros de agua por día y parcelas mayor de    _______________    metros cua­drados ( mts2) dotación de   ___   litros de agua, reservándose la Urbanización, un número de derechos de aguas adicionales para los edi­ficios y apartamentos de viviendas familiares o de locales comerciales, los que podrá otorgar en cada caso de acuerdo con los compradores y cobrará por ese servicio las mismas tarifas que establezca el Instituto Nacional de Obras Sanitarias. Esta obligación de suministrar agua comenzará a dejar en servicio el acueducto de la Urbanización y cesará cuando el mismo sea asumido por el citado Instituto Nacional de Obras Sanitarias o el Organismo Público a quien corresponda. La Urbanización se reserva el derecho de pasar por los linderos de las parcelas, o terrenos de éstas, las tuberías de agua que necesite el parcelamiento u otra clase de conductores de aguas limpias o negras, combustibles o energía, sin que por ello los propietarios o compradores de parcelas, en donde se ejerce este derecho, pretendan indemnización alguna. Para la conserva­ción de la Urbanización y bien común de sus compradores, la misma se reserva el derecho de libre paso para las personas que con tal propósi­to lo hicieren. DECIMO PRIMERA: La Urbanización se ha comprome­tido al suministro de electricidad y el dueño de cada parcela estará obli­gado a respetar las estipulaciones que formularen en el Contrato cele­brado entre la Urbanización y la Compañía     _______________, el día  ____________, del mes            ___, del año    ___el cual quedó registrado bajo el No ___, folio ___, Tomo         ___, Protocolo ___  de la Oficina Subalter­na del Registro ____________ y, el cual los compradores declararán conocer. DECIMO SEGUNDA: Los compradores están en conocimiento que en el precio de venta no está incluido derecho alguno a las cercas mediane­ras que pudieren ser construidas por terceros propietarios y por lo tan­to éstos no pueden exigirle a la Urbanización nada al respecto, debien­do en este caso entenderse los compradores por su propia cuenta con los propietarios de aquéllas. DECIMO TERCERA: En las ventas de par­celas efectuadas por uno de los propietarios, si resultaren diferencias entre el área real de la parcela y la indicada en el Documento público, el vendedor reembolsará o cobrará al comprador la diferencia que hubie­re en su favor o en su contra, en dinero calculado al mismo precio que por metro cuadrado (M2) se estipuló en dicho documento. Esta cláusu­la tiene validez, siempre y cuando alguna de las partes lo solicite por es­crito dentro del año siguiente a la fecha del Documento Público. DECIMO CUARTA: Todas las normas que obligan a la Urbanización por medio de este Documento y toda la responsabilidad que asu­me derivada de las obras de urbanismo, cesarán y por lo tanto dejarán de ser exigibles una vez que la Urbanización   _______________    sea entregada a la Municipalidad o que las obras destinadas al uso público pasen a su Jurisdicción o del Organismo a quien corresponda. Si esta entrega se realiza por zonas o cuando uno o más de las obras destinadas al uso público sean entregadas separadamente, las obligaciones y responsabili­dades de la Urbanización dejarán de ser exigibles en relación con esa zona u obra entregada. DECIMO QUINTA: Las condiciones generales para la venta de parcelas de la Urbanización _______________, que se estipularon en este Documento, regirán en todas las ventas de las parcelas comprendidas dentro de la extensión de terreno deslindada en este Documento, excepto en las circunstancias en que la Urbanización modifique o dero­gue en el Documento de venta de la parcela una o más de las cláusulas establecidas en virtud de la presente Escritura. DECIMO SEXTA: Pa­ra todas las ventas de parcelas, sus derivados y consecuencias queda elegida la ciudad de _______________, como domicilio especial, a la jurisdicción de cuyos Tribunales se someterán las partes. (Lugar y fecha).

Firma.