Poder General Administración y Disposición y Especial para
Vender Un Inmueble en
Venezuela Otorgado ante un Cónsul Venezolano en el
Extranjero y Protocolizado ante una
Oficina Subalterna de Registro de Venezuela
Yo _________, mayor de edad, de nacionalidad _________, con domicilio en (República o Reino ), de estado civil _________, de profesión _________, y titular de la Cédula de Identidad
No _________ declaro: Confiero a la señora (o señor ) _________, mayor de edad , de nacionalidad
_________, de estado civil _________, de
profesión _________, con domicilio en (República
o Reino ), poder general de administración
y disposición amplio y suficiente cuanto en derecho se requiere para que
represente y sostenga mis derechos en Venezuela en especial los relativos con
una parcela de terreno de mi propiedad, situada en la ciudad de _________, con una superficie de metros cuadrados ( mts2) marcada con el número ( ) en la zona denominada de la Urbanización “ y comprendida dentro de los siguientes
linderos y medidas: Norte: en metros
(mts) con parcela No ; Sur,
en metros ( mts) con parcela No ;
Este, en metros ( mts) con
parcela No ; Oeste, en metros ( mts) con
centímetros ( cms) con la calle Primera de la
Urbanización” Esta parcela la adquirí
según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Estado el día del
mes de de mil novecientos bajo el No. , folios al del protocolo ,
Tomo y en relación con una casa-quinta
que he construido a mis propias expensas sobre la parcela de terreno antes
descrita e identificada. En el ejercicio de este poder mi nombrada Apoderado
queda facultada para vender, permutar, gravar. hacer Títulos Supletorios de la
referida casa-quinta pagar y percibir al contado o a plazo las cantidades
respectivas, fijar plazos. intereses y formas de pago con las cláusulas o
condiciones que tengan a bien sin limitación alguna o haciendo las reservas que
estime conveniente, firmar cuantos documentos públicos o privados sean
necesarios, aceptar y constituir hipotecas y otras garantías reales y
personales en seguridad de las cantidades impagadas y cancelarlas total o
parcialmente, abrir y cerrar cuentas corrientes en Bancos, ingresar y retirar
cantidades en metálico; solicitar y obtener o conceder anticipos o créditos
con carácter provisional o definitivo en valores o dinero efectivo y retirarlos
en todo o en parte; abrir caja de seguridad, percibir el importe de intereses
o dividendos; librar, aceptar, endosar, descontar, avalar y protestar letras de
cambio y demás documentos similares de cambio o giro; admitir la pignoración
de valores en garantía de cualquier anticipo, entrega u obligación, dar y tomar
dinero a préstamo, aceptar y constituir garantías hipotecarias, prendarías o
de cualquier clase; cobrar las cantidades que me adeuden por cualquier título,
dar recibos, otorgar cartas de pago; cancelar hipotecas, devolver prendas,
extinguir anticresis, pedir el levantamiento de embargos y la cancelación de
sus anotaciones en el Registro Público si fuere el caso, retirar, recibir,
abrir, y contestar correspondencia postal, telegráfica, telefónica y de
cualquier otra índole, recibir y firmar certificados de correo, pliegos y
valores declarados, giros de todas clases; concurrir a subastas, concursos,
remates de todas clases y hacer operaciones y posturas- constituir depósitos y
fianzas y retirarlos cuando convenga; ratificar y confirmar cualesquiera clase
de contratos de enajenación, que mi Apoderada haya podido hacer respecto de los
bienes anteriormente descritos antes de ahora y subsanar los que adolezcan de
faltas que deban ser subsanadas por mi parte; ceder créditos y otros derechos;
celebrar toda clase de actos y contratos, celebrar arrendamientos por más de
dos años, demandar, contestar demandas, oponer y contestar excepciones,
conciliar, convenir, transigir, desistir de la acción o del procedimiento o de
ambos, reconvenir y evacuar toda clase de pruebas darse por citado, intimado o
notificado en mi nombre, nombrar y comprometer en árbitros, arbitrador y de
derecho, hacer posturas en remate, adquirir por adjudicación judicial bienes
muebles o inmuebles, ofreciendo en pago por compensación mis créditos,
solicitar y realizar toda clase de medidas preventivas y ejecutivas, hacer uso
de todos los recursos que en forma ordinaria o extraordinaria me conceden las
Leyes de la República de Venezuela, recibir en pago cantidades de dinero o
bienes muebles o inmuebles otorgando los finiquitos y recibos correspondientes,
vender o en cualquier forma enajenar los bienes muebles o inmuebles adquiridos
en remate judicial en pago de mis créditos, conviniendo el precio y modalidades
de pago y en fin hacer todo aquello que considere más conveniente a mis
intereses y a la mejor defensa de mis derechos. Representar y gestionar por mí
ante cualquier autoridad de carácter militar o civil, otorgar y suscribir
documentos públicos y privados y firmar las actas, libros y protocolos
correspondientes, nombrar uno o varios apoderados míos, otorgándoles las facultades
que estime total o parcialmente para que las ejerzan conjunta o separadamente,
sustituir total o parcialmente en persona o personas de su confianza las
facultades que anteceden y ejecutar cuanto sea incidental, derivado,
consecuencia o complementario de lo expuesto, sin limitación alguna, pudiendo
ejercer las atribuciones conferidas en este poder respecto de cualesquiera
personas naturales, jurídicas, organismos oficiales de cualquier índole;
incluso el Banco Central de Venezuela y cualesquiera centros, sindicatos u
organismos sin excepción alguna. Es entendido, que las facultades dadas a mi
Apoderada antes mencionada son de carácter enunciativas y de ninguna manera
taxativas. El Consul que suscribe certifica que conoce al Poderdante, quien se
identificó con su Pasaporte No , que este acto se ha realizado en su
presencia y que ha quedado anotado bajo el No y Tomo
, folio , de los Libros de
Registro de Poderes llevados por este Consulado en el presente año , a los días del mes de de --
El Cónsul de Venezuela en
El Poderdante