Informes Presentados Por Empresa
Demandada Ante Comisión Tripartita
CIUDADANO
PRESIDENTE Y DEMÁS MIEMBROS DE LA COMISIÓN
TRIPARTITA CONTRA DESPIDOS INJUSTIFICADOS DEL
DISTRITO FEDERAL
SU DESPACHO
Yo , abogado en
ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No , mayor de edad, de estado civil , actuando en mi carácter de Apoderado de
la Empresa , carácter que consta en
los autos del Procedimiento de reenganche y pagos de Salarios caídos, que
contra mi Representada, le sigue por ante esta Comisión el Sr. (identificarlo), con la venia de estilo y
antes de que esta Honorable Comisión dicte la Resolución pertinente, presento
este Escrito de análisis en forma de Conclusiones que deben ser útiles para
esta Comisión a los fines de la referida Resolución. En efecto: se inició el
presente procedimiento mediante la solicitud planteada por el mencionado señor
ya identificado en autos contra la Empresa que represento, pretendiendo hacer
ver la misma “que fue despedido injustificadamente” de un cargo que según el
desempeñaba en la mencionada empresa, pidiendo que se le calificase el despido
en cuestión y se le ordenase su reenganche y pagos de salarios caídos según él,
apoyándose sin base legal, en el Artículo 5o. de la Ley Contra Despidos
Injustificados y Artículo 23o de su Reglamento. Citada legalmente es
accionada, el acto de la contestación a la solicitud del reclamante se realizó
en el mes del año , compareciendo yo como Apoderado de la
Empresa oponiendo, en esa oportunidad legal las siguientes Defensas: PRIMERA:
Rechacé y contradije la solicitud del señor
por parecerme improcedente, ya que su caso no está previsto en las
Disposiciones de la Ley Contra Despidos Injustificados en su Artículo 12o ni en
ninguna de sus otras disposiciones, pues el Sr. arriba identificado, solicitó de la
Empresa que represento, autorización para vender Apartamentos que construye la
misma en el Estado , proponiendo una
Comisión. La Empresa aceptó y suscribió con él, un Contrato Mercantil que
consta en autos y le extendió una tarjeta intransferible con validez hasta el
día del mes del año
, por medio de lo cual quedó autorizado para las ventas solicitadas,
mediante el sistema de por él
conocido, circunstancias que no tienen nada que ver como claramente se
aprecia, con las que tipifican y determinan los Contratos laborales o del
Trabajo. SEGUNDA: El del mes del año
la Empresa se vió. obligada a contactarse tanto con el Pre-nombrado señor como con otros autorizados para vender
Apartamentos de la Empresa en la misma forma durante las mismas fechas del
referido señor, contactación que se debió al problema surgido con la venta que
varios de estos autorizados estaban haciendo sobre un mismo apartamento y la
Empresa necesitaba coordinar estas ventas. La no subordinación e inexclusividad
de estos autorizados para vender, fue lo que obligó por cuestiones de
organización interna de la Empresa, a ese llamado, que no crea de ninguna
manera una relación obrero-patronal. TERCERA: El del mes del año la Empresa concedió al Reclamante como
persona que había ganado su confianza ciertos derechos y luego la designó como
Representante en la Dirección de un grupo de vendedores con contrato Mercantil
como el del Pre-nombrado señor
CUARTA: Al perder vigencia estos contratos y su tarjeta
instransferible, el día del
mes del año , la Empresa llamó a éstos autorizados para
vender a fin de ver cual de ellos estaba interesado en un nuevo contrato y el
Pre-nombrado señor manifestó públicamente
no querer seguir teniendo ninguna clase de relación con la Empresa mientras
allí estuviese el Sr.
(identifidarlo) con quien él no simpatizaba. Estas defensas fueron
ratificadas y probadas en la articulación probatoria abierta en el expediente,
con las declaraciones rendidas ante esta misma Comisión por los Ciudadanos (identificarlo) (identificarlo) y (identificarlo),
declaraciones que esta Comisión debe estimar por haber contestado, los
comparecientes, los hechos sobre los cuales fueron interrogados, fueron
narrados y las repreguntas fueron contestadas de igual forma, ratificando con
ello 21 hecho dc que el Sr. ya
identificado no fue empleado de ninguna forma de la Empresa hasta el día del mes
del año cuando se le
concedieron gracias, por lo cual, desde esa fecha podría, llegado el caso de
que así lo estimase esta Honorable Comisión, calificarse de empleado de
confianza por las circunstancias
expuestas y probadas. Por otra parte el Reclamante promovió como
testigos a (identificarlo) quien no
asistió al acto de la declaración, a
(identificarlo) quien no dio razón motivada de sus dichos (identificarlo) quien da una vaga
declaración, pues dice que se encontró con el Reclamante el día y no menciona mes y año, ni tampoco dice
dónde se encontraba, también dice muy alegremente, que asistió el lía del mes del año
, y que estaba allí en realidad, y,
tampoco dice dónde. Este testigo como el anterior no deben ser estimados
por esta Comisión, pues ninguno de ellos da razón motivada de sus dichos. En
cuanto al testigo ya identificado,
habla de una cita con el Reclamante
ya identificado en el mes de
pero no dice dónde y da declaraciones estudiadas, que por demasiado
coincidentes no son valederas, ya que no teniendo ninguna relación con la
impresa, el testigo no puede ser tan coincidente en sus visitas en relación al
caso que se plantea. Además el mismo lo afirma no puede dar pie con su insustancial
y vaga declaración, para demostrar lo que el Reclamante pretende y ni siquiera
para demostrar que habían en ninguna ocasión Relación Obrero-Patronal entre El
Reclamante y la Empresa. En cuanto a la testigo ya identificada, se observa que es
también de una cita del día del
mes , pero no dice donde ocurrió a
misma y luego afirma que el día del
mes vio al Reclaman-e sentado en su
escritorio, pasando por allí y es de observar que ningún escritorio está en las
puertas de una Oficina para que cualquier persona lo vea y vea también a la
persona sentada frente a él pasando por allí simplemente. En cuanto al
testigo arriba identificado confiesa
que las tarjetas intransferibles tenían vigencia hasta el día del mes
del año Este testigo es el
menos estimable de todos los promovidos por el Reclamante, pues yo no sé, si es
por su minoría de dad que su declaración es contradictoria, pues dice que el
interés, que tiene en declarar se debe a que “no tenía mayores ocupaciones y no
significaba para él ninguna molestia venir a declarar” y se contradice cuando
afirma no mantener ningún tipo de relación con la Empresa. por tener otras
ocupaciones que le han impedido volver a relacionarse con la misma”, y una
serie de respuestas diletantes y contradictorias que son fácil de constatar en
el acta del Expediente, de fecha del mes
del año ADEMÁS Y COMO PUNTO
PRINCIPAL HUBO OPOSICIÓN DE LA EMPRESA, SEGÚN CONSTA EN ACTA SEÑALADA A QUE LA
PERSONA QUE SE PRESENTO A RENDIR DECLARACIÓN EN ESTE PROCEDIMIENTO EL DIA Y LA
HORA SEÑALADOS NO HABlA SIDO PROMOVIDA COMO TESTIGO POR EL RECLAMANTE EN SU
OPORTUNIDAD LEGAL. PUES LA PERSONA PRESENTE NO GUARDABA NINGUNA IDENTIDAD CON
NINGUNO DE LOS TESTIGOS PROMOVIDOS POR EL RECLAMANTE. Los otros testigos
promovidos por el Reclamante no asistieron para sus respectivas declaraciones.
Es de hacer notar que todas estas declaraciones inestimables de los testigos
promovidos por el Reclamante, no interfiere en el peor de los casos en el
criterio jurídico que define el Contrato Mercantil, que la Empresa que
represento suscribió con el Reclamante atendiendo a una solicitud de éste, ni
de la calificación que esta Comisión debe hacer sobre el trabajo que el
Reclamante pudo hacer, para la Empresa ya que tanto estas declaraciones, como
los memorándum promovidos por el Reclamante conllevan sino a la diáfana verdad
de que después del día del mes del año , el Reclamante obtuvo solo gracias de la
Empresa obteniendo así mismo participación en la Administración del negocio y
en la supervisión de otros autorizados para vender, subrogándose atributos de
la Empresa por concesiones de la misma debido a circunstancias de confianza.
Por todo lo expuesto y siendo. El Imperio de la Ley, la verdad y la justicia el
norte que dirime esta controversia, pido respetuosamente a esta Comisión
declare sin lugar la solicitud intentada por el Sr. arriba identificado contra la
Empresa ya pormenorizada en autos.
Lugar y fecha.
Firma del Abogado.