Modelo Interdicto Acción Reivindicatoria

INTERDICTO (Acción Reivindicatoria)
CIUDADANO
JUEZ  DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO --.
SU DESPACHO.
           
            Yo, --, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.--y con domicilio procesal en la calle Municipal Nº 45 de esta ciudad de --, asistida en este acto por el abogado en ejercicio --, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.-- y de este  domicilio, ante su competente autoridad ocurro para exponer y solicitar:

CAPITULO I
DE LOS HECHOS
           
            Tal como consta en documento debidamente registrado por ante la Oficina subalterna de Registro Público del Municipio San Fernando del Estado --, registrado en fecha 30 de Marzo del año 1.995, bajo el Nº.80, folios 124 al126 del Protocolo Primero, Tomo Primero Adicional, Primer Trimestre del citado año, soy absoluta y exclusiva propietaria de una parcela de terreno constante de Trescientos cuarenta metros cuadrados (340 mts2), distinguida con el Nº.62, del parcelamiento Urbanístico “La Estrellita”, ubicada en el sector La Guamita, Municipio San Fernando del Estado Apure, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Lote de terreno del ciudadano --, Veinte Metros (20,oo Mts); SUR: Calle de acceso Nº.03 con Catorce Metros (14,oo Mts) ; ESTE: Transversal Nº.02 con Veinte Metros (20,oo Mts); y OESTE:Lote de terreno del ciudadano -- con Veinte Metros (20,.oo Mts). la misma la adquirí por compra de buena fe que hice a la ciudadana -- --; contenida dicha operación en el descrito documento que en original  anexo marcado con la letra “A”; y la cual se destinaría  para construir mi vivienda que a la larga constituiría mi hogar; por cuanto no tengo vivienda alguna y al percatarme del desarrollo urbanístico,  que la propietaria con el aval de la Alcaldía, estaba realizando en la zona en un proyecto de parcelamiento aprobado, inmediatamente conseguí el dinero para hacerme adjudicatario de una parcela; como en efecto sucedió, resultando beneficiado con la señalada Nº.62, ubicada específicamente en el proyecto urbanístico entre las Calle  de acceso Nº.3 y la Transversal Nº.2.  Ya en posesión de mi parcela comprada y legalmente adjudicada me dedique a realizar actos posesorios como único y exclusivo propietario, tales como cerca de toda la superficie para demarcar el área de terreno con estantes de madera y alambre de púa; relleno y nivelación de la parcela, siembra de árboles frutales y de sombra, entre otras cosas.
            Con posterioridad a ello introduje los papeles ante el Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), como por ante el Servicio Autónomo de Programa de Vivienda Rural y ante el Instituto de la Vivienda del Estado Apure (INVAP), para solicitar la construcción de una vivienda en mi parcela de terreno, ya que carecía de los recursos económicos para iniciar una construcción por mi propios medios, solicitudes estas que resultaron infructuosas; fue entonces que decido ahorrar dinero a fin de lograr la meta que perseguía con la adquisición de la parcela; la cual desde el momento de su compra y durante más de cinco años, nunca fui perturbada en mi posesión, donde poco a poco fui llevando materiales de construcción, tales como bloques, arena y grava para hacer las bases de la casa y que por dejarlos a la interperie me fueron hurtados por personas desconocidas.
            Desde el mismo momento de comprar dicha parcela a la señora --, quien a su vez, siendo propietaria, venía ejerciendo una posesión continua y no interrumpida por más de cincuenta años, y así desde luego pasó a mis manos  y siempre la he mantenido por más de cinco (5) años,  en forma pacífica, pública o equivoca, y con la verdadera intención de tener la cosa como mía propia; ya que ante los ojos de los colindantes y terceros soy la única y exclusiva propietaria que de manera pacífica he ejercido actos de dominio y posesión sobre dicho lote de terreno.
            Esta situación de posesión pacífica  se vio lesionado el día 27 de Diciembre del año 1999, cuando   para el momento había logrado ahorrar los recursos, para finalmente construir mi propia casa, fue entonces que un conocido Y colindante de nombre -- me avisó que en esa zona habían llegado un grupo de invasores, y que mi parcela la habían invadido; inmediatamente me traslade al lugar y precise que el aviso  del señor -- era cierto, pues en mi parcela se encontraba una señora y otras personas; la cual se identificó con el nombre de --, quien me Destrozó las matas y la cerca y en su lugar plantó y construyó un nuevo rancho, con planchas de zinc; diciéndome en ese momento que a ella la sacaría de ese terreno solo muerta, además de una serie de improperios, que no viene al caso; pero siempre dentro de la mas brutal e inmoral conducta; con sus actos de despojo arbitrarios e ilegal; a pesar de haberle comunicado por las buenas que yo había pagado un precio por el terreno, que eso era mío y no estaba dispuesto a perderlo. Posteriormente a lo sucedido hablé por las buenas y  amistosamente con la invasora a quien le propuse “que si se quería quedar con la parcela de terreno que me pagara lo que yo había   gastado”, a lo que me respondió que estaba dispuesta a resolver la cuestión por esa vía y que la aguantara por un mes, confiada de su intención la esperé ese tiempo, durante el cual  me engaño y en su lugar mas bien sin autorización, lo que hizo fue construir unas bienhechurias de mampostería, fue entonces que sorprendida de lo ocurrido la hice citar con el abogado Marcos Castillo, quien me asiste en este acto , y al concurrir a la cita nuevamente me dijo que en el mes de Marzo del presente año, cuando en su trabajo la pagaran una deuda ella me pagaría y me reconocía  lo que yo había gastado, engañandome de nuevo, y por lo tanto considero que se trata de una burla  vil para retardar la acción legal que pudiera intentar y  que en efecto así lo estoy haciendo.  
            En el presente caso se  demuestra la existencia de una presunción grave en mi favor de que real y efectivamente ocurrió un despojo sobre la parcela de terreno en la cual además de ser único y absoluto propietario e sido la persona que por más de cinco años e ejercido el dominio y posesión sobre la misma realizando los actos que envuelve el ejercicio de una posesión legítima tal como a sido explicado anteriormente, de tal manera que esto me da derecho de actuar por vía legítima a través de la Acción REIVINDICATORIA  y que por estar dada las condiciones de admisibilidad, como tal debe ser declarado CON LUGAR y así pido al Tribunal se pronuncie.
                                              
CAPITULO II

DEL DERECHO


            Consiente de la verdad que motiva la presente Acción Reivindicatoria,  en donde es evidente que la PROPIEDAD y posesión ejercida por mi persona de manera continua, no interrumpida, pacifica, publica o equivoca y con intensiones de tener la cosa como mía propia por mas de cinco años, sin tomar en cuenta la posesión legítima y el derecho de propiedad que venía ejerciendo la señora --; me a sido arrebatada actualmente de manera violenta y clandestina por la ciudadana --, privándome de esta manera y con su conducta de hecho, del derecho que tengo de usar, gozar,  disfrutar y disponer del bien inmueble que estaba bajo mi propiedad y posesión legítima, es por lo que alego a mi favor los siguientes fundamentos de derecho: 1)-El encabezamiento del articulo 548 del código civil consagra la acción Reivindicatoria  en los siguientes términos. “El propieterio de una cosa tiene el derecho de Reivindicarla de cualquier poseedor o detentador, salvo las excepciones establecidas por las leyes”.
2)- sobre este particular la ciudadana --, sería entonces una poseedora precaria de male fe, o ilegitima, puesto que siendo la única y absoluta propietaria, en ningún momento ha sido autorizada para que legalmente ocupe el inmueble objeto de este litigio; pues no puede valerse de su condición de invasora para pretender tener derechos que por ley no le corresponde y es evidente y plenamente está demostrado con el documento marcado con la letra “A”, que la única y exclusiva propietaria del inmueble es mi persona y por lo tanto la citada norma me otorga el derecho  para ejercitar la presente Acción.
3)- La presente acción es eminentemente civil y no existe procedimiento especial para su ejercicio, y por ende este se regirá por el procedimiento ordinario que al efecto establece el Código de Procedimiento Civil, invocando a mi favor el contenido del precitado articulo 548 del Código Civil, y que como conclusiones resaltantes serían las expuestas en los capítulos  precedentes.

CAPITULO III
PETITORIO.

            A pesar de las múltiples gestiones amistosas para llegar a un arreglo pacífico, las cuales fueron infructuosas, y como quiera que los hechos antes expuestos constituyen una desposesión a mi derecho de propiedad   sobre el inmueble en referencia, es por lo que con fundamento a los alegatos y razones de hechos y de derecho a mi favor antes expuestos, es que vengo a demandar como efecto así lo hago en mi propio nombre y  representación  en acción reivindicatoria a la ciudadana --, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.-- y con  domicilio en la dirección de ubicación del inmueble antes citado objeto de la presente acción, para que convenga o en su defecto sea condenada por este Tribunal: a devolvernos sin plazo alguno el inmueble descrito en la Primera parte de este libelo de demanda civil, de conformidad con lo previsto en el artículo 548 del código civil, cumplidos como están los requisitos previstos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, para la admisión y sustanciación de la misma; así como también reconozca o a ella sea ordenada por este Tribunal, en que dicho inmueble es de MI   exclusiva propiedad , por habérselo COMPRADO DE BUENA  con dinero de mis propios peculios y que se me reivindique en tal derecho sobre la citada parcela.
            Por cuanto se desprende de lo antes narrado, que el inmueble en referencia es de dudosa posesión legítima por parte de la demandada con motivo de las actuaciones materiales, arbitrarias y de mala fe de su parte, pido al Tribunal de conformidad con el Numeral 2º del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, se sirva decretar medida de secuestro del descrito inmueble, y que una vez decretada y ejecutada la misma se acuerde nombrarme como depositaria  toda vez que soy  la única y absoluta propietaria.
            Estimo la presente demanda en la cantidad de CUATRO MILLONES de Bolívares (Bs.4.000.000,oo); más los daños y perjuicios causados; más las costas y costos del proceso.-
                                                    .
            Finalmente solicito que la presente demanda sea admitida y sustanciada conforme a derecho y declarada con lugar con todos los pedimentos de Ley en la definitiva.  Es justicia en --, a los 14 días del mes de Diciembre del año -




 LA DEMANDANTE                                              EL ABOGADO ASISTENTE.