Modelo Acuerdo de Confidencialidad entre Empresa y Empleado Analista de Sistemas

Modelo Acuerdo de Confidencialidad entre Empresa y Empleado

Entre --, sociedad mercantil inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado -- en fecha --, anotado bajo el No. --, folios -- al -- Vto., del Libro de Registros de Comercio llevados por ese Tribunal, e Inscrita en el Registro De Información Fiscal R.I.F Bajo el número --; modificado posteriormente y refundidos en un solo texto sus estatutos sociales según consta de Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada en fecha --, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado --, en fecha --, anotado bajo el No. --, Tomo --, siendo su última modificación en fecha --, mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionista, debidamente inscrita en fecha -- por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado --, anotado bajo el No. --, Tomo --, representada y suficientemente autorizado para este acto tal y como se evidencia en Acta de Asamblea General Extraordinaria previamente identificada, por su Directora ciudadana --, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. --, quien en lo sucesivo para los efectos del presente acuerdo se denominará LA EMPRESA por una parte, y por la otra, el ciudadano --, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. --, quien se desempeña en LA EMPRESA, como Analista de Sistemas, quien en lo sucesivo de denominará EL EMPLEADO; han convenido llegar al presente acuerdo:
PRIMERO: EL EMPLEADO cede a LA EMPRESA, todos los derechos de autor que emanen de obras del ingenio de carácter creador de EL EMPLEADO, y que se relacionen con la labor que desempeña como profesional para la cual ha sido contratado; todo material tangible que haya sido entregado a EL EMPLEADO o preparado por éste, son propiedad de LA EMPRESA, los PROGRAMAS DE COMPUTACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Sobre el Derecho de Autor; igualmente, las notas, dibujos, memoranda, reportes, planos, fotografías y cualquier otro material que sea considerado propiedad privada por LA EMPRESA. Queda entendido y así lo acuerdan las partes, que se incluye también toda aquella información que se lleva en la mente EL EMPLEADO una vez finalizada la relación laboral, es propiedad de LA EMPRESA. Lo dispuesto en esta cláusula,
comprende lo establecido en el artículo 59 ejusdem.
SEGUNDO: Es propiedad de LA EMPRESA, todo lo que se cataloga como INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Y SECRETOS COMERCIALES E INDUSTRIALES. Lo dispuesto en esta cláusula, no solo refiere al secreto que debe mantener EL EMPLEADO, y la prohibición de usar sin la debida autorización ni de divulgar información que se considere confidencial, al finalizar la relación de trabajo, sino también durante la misma. En tal sentido, EL EMPLEADO se compromete a guardar confidencialidad sobre todo tipo de información a la cual tenga acceso, siguiendo la normativa de LA EMPRESA al respecto.
TERCERO: Queda entendido que el derecho que tiene LA EMPRESA de proteger la información referida en las cláusulas previas de este documento, están plenamente reconocidas por los Tribunales y las Leyes relacionadas a esta materia, por lo tanto, los hechos contrarios a la protección de la diseminación y/o uso indebido de información acarrea sanción contemplada en el Código Penal.
CUARTO: Tiene pleno derecho EL EMPLEADO, de utilizar los conocimientos y experiencias obtenidos durante su relación laboral con LA EMPRESA, por lo tanto puede hacer uso de ellos en tanto y en cuanto no divulgue información confidencial ni secretos comerciales e industriales que hayan sido confiados a EL EMPLEADO.
         Queda aceptado por las partes que para todas las disposiciones no expresamente plasmadas en el presente documento, regirán las leyes, jurisprudencias, costumbres y demás normativas tanto nacionales como extranjeras relacionadas con la materia. En consecuencia, se elige como domicilio procesal no excluyente a la ciudad de Porlamar, a cuyos tribunales y órganos administrativos declaran las partes someterse en caso de cualquier controversia.
      Por  LA EMPRESA                                                                     EL EMPLEADO