Contrato Venta con Reserva Dominio
Articulos 1.480 Y 1.815 Del Codigo Civil
Entre la Sociedad Mercantil S.A. domiciliada en la ciudad de
_________ inscrita en el Registro
Mercantil __________ con fecha ________, bajo el No _______, folio _____, Tomo
______, Protocolo ________, por una parte, denominada en lo adelante “LA
VENDEDORA” y por la otra, el Señor _________ (identificarlo con sus seis
características), denominado en lo adelante y a los efectos de este contrato
“EL COMPRADOR”, se ha celebrado un contrato de venta con reserva de dominio al
tenor de las siguientes cláusulas: Primera: La Vendedora; vende con reserva de
dominio al Comprador los siguientes bienes muebles: a) Una lavadora marca
_______ modelo _______, referencia _________, serial _________ y b) Una secadora marca _________,
modelo _______, referencia __________
serial _______ . Segunda: La Vendedora, de acuerdo con la Ley de Venta
con reserva de dominio, se reserva expresamente el dominio o propiedad de los
Bienes vendidos que el Comprador no haya pagado en la totalidad del precio; no
obstante el Comprador asume íntegramente los riesgos inherentes a la tenencia y
posesión de las cosas vendidas, las cuales declara haber recibido y aceptado a
su satisfacción, habiendo examinado y probado y’ encontrándolas en perfectas
condiciones en todas sus artes tanto en su uso como en su exterior. Tercera: El
comprador se obliga en consecuencia en conservar y cuidar las cosas que
adquiere por medio de este documento en el mismo perfecto estado en que las
recibe, salvo su desgaste natural por el normal uso a que están destinadas. El
comprador mantendrá los Bienes especificados en este contrato en la dirección
de su hogar que es la siguiente: __________, y se obliga a notificar a la
Vendedora, dentro de los cinco días subsiguientes, cualquier cambio de
domicilio o residencia que tuviese, donde deberán permanecer los Bienes
vendidos, así como también se compromete a notificar a la vendedora de
cualquiera medida preventiva o de ejecución que pudiese recaer sobre dichos
bienes. Cuarta: La Vendedora sé reserva el derecho de ceder y traspasar; sin
previa notificación al Comprador todos los Derechos y Acciones que le
corresponda en virtud de a presente
negociación, inclusive los derechos de propiedad que se reserva sobre los
bienes objetos de esta venta. Quinta: Será a cargo del comprador cualesquiera
cargo, impuestos y’ contribución que afecten los bienes especificados en este
contrato. Sexta: El Comprador reconoce y admite que este contrato constituye el
convenio en su totalidad entre las partes contratantes y que no existe otro
convenio verbal o escrito entre las mismas en relación a los bienes vendidos
por medio le este documento, salvo las menciones a que más adelante se hará
referencias. Séptima: El precio de esta venta es por la cantidad ___________ --
(-. ______), el resto, o sea, la cantidad de __________ -- (--. _____), lo
pagará el Comprador en cuotas
mensuales, consecutivas, cuyo monto fecha de vencimiento será más adelante
determinada. Octava: Ambas partes declaran que con fecha conforme documento al cual se le dio
fecha cierta, el día _____, por ante el Juzgado ____________ celebraron entre
ellas otro contrato de venta con reserva de dominio identificado este con Nº.
_________ y el cual dan íntegro aquí por reproducido y vigente. Ahora bien, de
conformidad con dicha venta el Comprador convino, en que pagarían a la
vendedora __________ cuotas mensuales y consecutivas de _________-- (--. ) cada
una con vencimiento el día _________ de las cuales cuotas, ha pagado hasta el
presente de ellas quedando por
consiguiente por pagar ________. Ahora
bien, es el deseo de ambas partes centralizar en un solo pago la operación que
ahora se realiza y’ as que habían antes efectuado conforme aquí se indican
habiendo podo modificar su contrato de fecha ________, tan solo en lo que
respecta en las modalidades de pago allí establecidas dejando por consiguiente
plenamente vigente el resto de dicho contrato y así vienen a manifestar que
las cuotas únicas que señalan en las cláusulas siguientes comprende tanto el
saldo deudor al contrato de venta con reserva de dominio que ahora celebran,
como cl saldo deudor pendiente del contrato de venta de fecha ___________ a
que varias veces se ha hecho mención. Novena: El
comprador pagará a la Vendedora, en razón de los conceptos expresados en las
dos cláusulas anteriores, la cantidad que queda adeudándole, de ___________ --
(--. _____), en cuotas mensuales y consecutivas de ____________ -- (--. _____) cada una de ellas, con
vencimiento a partir del día ______.
Estas cuotas comprenden, por consiguiente todos los saldos deudores a
cargo del comprador, provenientes de los contratos antes referidos y
devengarán a partir de su respectivo vencimiento, si no fueren cancelados
oportunamente, un interés moratorio del uno por ciento mensual (1%). Se deja
expresa constancia que no se ha emitido letras de cambios para facilitar el
pago de estas cuotas, pero que el Comprador ha recibido un Carnet de Control
de pago para su mayor comodidad, en el cual se señala el número de este
contrato y la cantidad mensual que debe pagar: El Comprador, en el momento de
efectuar su pago, recibirá un ticket sellado por la vendedora en que se dejará
constancia de su pago. El comprador deberá conservar los referidos tickets por
todo el tiempo de vigencia de este contrato. Décima: Al presente contrato se le
dará fecha cierta de conformidad con las previsiones establecidas en la Ley de
venta con reserva de dominio. Undécima: Para cualquier efecto derivado de este
contrato, las partes eligen como domicilio especial la ciudad de _______ a
cuya jurisdicción se someten. Duodécima: Y, yo _________ mayor de edad, de este
domicilio, de nacionalidad ____________ de profesión __________, de estado
civil _________, con el teléfono _________, y portador de la Cédula de
Identidad No ___________ me
constituyo en fiador solidario y principal pagador en __________ de esta obligación por todo el tiempo del
plazo estipulado y de cualquier prórroga que conceda la Vendedora relevándole
a su vez de la obligación que impone el artículo 1.815 del Código Civil. La
falta de pago de una o más cuotas que excedan en su conjunto de la octava parte
del precio total de la venta dará a la Vendedora el derecho de solicitar la
resolución del contrato, en cuyo caso, las cuotas pagadas quedarán a su
beneficio a título de indemnización o la ejecución de las obligaciones
pudiendo la vendedora exigir judicialmente el pago tanto de las cuotas
insolutas como de las que quedasen a plazo pendiente, puesto que también se
considerarán exigibles. Lugar y fecha.
Firma de la Vendedora Firma
del comprador
Firma del Fiador
solidario y principal pagador