Contrato Venta con Reserva Dominio

Contrato Venta con Reserva Dominio
Articulos 1.480 Y 1.815 Del Codigo Civil

Entre la Sociedad Mercantil S.A. domiciliada en la ciudad de _________    inscrita en el Registro Mercantil __________ con fecha ________, bajo el No _______, folio _____, Tomo ______, Protocolo ________, por una parte, denominada en lo adelante “LA VENDEDORA” y por la otra, el Señor _________ (identificarlo con sus seis características), denominado en lo adelante y a los efectos de este contrato “EL COMPRADOR”, se ha celebrado un contrato de venta con reserva de dominio al tenor de las siguientes cláusulas: Primera: La Vendedora; vende con reserva de dominio al Comprador los siguientes bienes muebles: a) Una lavadora marca _______  modelo _______, referencia        _________, serial _________           y b) Una secadora marca _________, modelo _______, referencia __________  serial _______ . Segunda: La Vendedora, de acuerdo con la Ley de Ven­ta con reserva de dominio, se reserva expresamente el dominio o propie­dad de los Bienes vendidos que el Comprador no haya pagado en la to­talidad del precio; no obstante el Comprador asume íntegramente los riesgos inherentes a la tenencia y posesión de las cosas vendidas, las cua­les declara haber recibido y aceptado a su satisfacción, habiendo exami­nado y probado y’ encontrándolas en perfectas condiciones en todas sus artes tanto en su uso como en su exterior. Tercera: El comprador se obliga en consecuencia en conservar y cuidar las cosas que adquiere por medio de este documento en el mismo perfecto estado en que las reci­be, salvo su desgaste natural por el normal uso a que están destinadas. El comprador mantendrá los Bienes especificados en este contrato en la dirección de su hogar que es la siguiente: __________, y se obliga a notificar a la Vendedora, dentro de los cinco días subsiguientes, cual­quier cambio de domicilio o residencia que tuviese, donde deberán per­manecer los Bienes vendidos, así como también se compromete a no­tificar a la vendedora de cualquiera medida preventiva o de ejecución que pudiese recaer sobre dichos bienes. Cuarta: La Vendedora sé re­serva el derecho de ceder y traspasar; sin previa notificación al Compra­dor todos los Derechos y Acciones que le corresponda en virtud de  a presente negociación, inclusive los derechos de propiedad que se reserva sobre los bienes objetos de esta venta. Quinta: Será a cargo del comprador cualesquiera cargo, impuestos y’ contribución que afect­en los bienes especificados en este contrato. Sexta: El Comprador reconoce y admite que este contrato constituye el convenio en su tota­lidad entre las partes contratantes y que no existe otro convenio verbal o escrito entre las mismas en relación a los bienes vendidos por medio le este documento, salvo las menciones a que más adelante se hará referencias. Séptima: El precio de esta venta es por la cantidad ___________ -- (-. ______), el resto, o sea, la cantidad de __________ -- (--. _____), lo pagará el Comprador en       cuotas mensuales, consecutivas, cuyo monto fecha de vencimiento será más adelante determinada. Octava: Ambas partes declaran que con fe­cha       conforme documento al cual se le dio fecha cierta, el día _____, por ante el Juzgado ____________ celebraron entre ellas otro contrato de venta con reserva de dominio identificado este con Nº. _________ y el cual dan íntegro aquí por reproducido y vigente. Ahora bien, de conformidad con dicha venta el Comprador convino, en que pagarían a la vendedora __________ cuotas mensuales y consecutivas de _________-- (--. ) cada una con vencimiento el día _________ de las cuales cuotas, ha pagado hasta el presente       de ellas quedando por consiguiente por pagar ________.  Ahora bien, es el deseo de ambas partes centralizar en un solo pago la operación que ahora se realiza y’ as que habían antes efectuado conforme aquí se indican habiendo podo modificar su contrato de fecha ________, tan solo en lo que respecta en las modalidades de pago allí establecidas dejando por consiguien­te plenamente vigente el resto de dicho contrato y así vienen a manifes­tar que las cuotas únicas que señalan en las cláusulas siguientes com­prende tanto el saldo deudor al contrato de venta con reserva de domi­nio que ahora celebran, como cl saldo deudor pendiente del contra­to de venta de fecha ___________ a que varias veces se ha hecho mención. Novena:   El comprador pagará a la Vendedora, en razón de los concep­tos expresados en las dos cláusulas anteriores, la cantidad que queda adeudándole, de ___________ -- (--. _____), en cuotas mensua­les y consecutivas de ____________         -- (--. _____) cada una de ellas, con vencimiento a partir del día ______.  Estas cuotas comprenden, por consiguiente todos los saldos deudores a cargo del comprador, prove­nientes de los contratos antes referidos y devengarán a partir de su res­pectivo vencimiento, si no fueren cancelados oportunamente, un in­terés moratorio del uno por ciento mensual (1%). Se deja expresa constancia que no se ha emitido letras de cambios para facilitar el pago de estas cuotas, pero que el Comprador ha recibido un Carnet de Con­trol de pago para su mayor comodidad, en el cual se señala el número de este contrato y la cantidad mensual que debe pagar: El Comprador, en el momento de efectuar su pago, recibirá un ticket sellado por la vendedora en que se dejará constancia de su pago. El comprador deberá conservar los referidos tickets por todo el tiempo de vigencia de este contrato. Décima: Al presente contrato se le dará fecha cierta de con­formidad con las previsiones establecidas en la Ley de venta con reser­va de dominio. Undécima: Para cualquier efecto derivado de este con­trato, las partes eligen como domicilio especial la ciudad de _______ a cuya jurisdicción se someten. Duodécima: Y, yo _________ mayor de edad, de este domicilio, de nacionalidad ____________ de profesión __________, de estado civil _________, con el teléfono _________, y portador de la Cédula de Identidad No ___________      me constituyo en fiador solidario y principal pagador en __________  de esta obligación por todo el tiempo del plazo es­tipulado y de cualquier prórroga que conceda la Vendedora relevándo­le a su vez de la obligación que impone el artículo 1.815 del Código Civil. La falta de pago de una o más cuotas que excedan en su conjun­to de la octava parte del precio total de la venta dará a la Vendedora el derecho de solicitar la resolución del contrato, en cuyo caso, las cuo­tas pagadas quedarán a su beneficio a título de indemnización o la eje­cución de las obligaciones pudiendo la vendedora exigir judicialmente el pago tanto de las cuotas insolutas como de las que quedasen a plazo pendiente, puesto que también se considerarán exigibles. Lugar y fecha.

Firma de la Vendedora                                  Firma del comprador



Firma del  Fiador solidario y principal pagador