Contrato Consorcio Licitación Construcción Obra
Entre la empresa --, de este domicilio, inscrita en el
Registro Mercantil -- de la
Circunscripción Judicial -- bajo el No. --
, tomo -- en fecha -- representada en este acto por (identificarlo), en su carácter de -- de la
empresa, suficientemente autorizado por el Acta Constitutiva de la Sociedad, en
su artículo -- por una parte y quien en
lo sucesivo se denominará -- y, por la otra, --
-- domiciliada en -- inscrita en el Registro Mercantil -- de la
Circunscripción Judicial -- bajo el No -- Tomo -- en fecha -- representada por su (identificarlo), quien en lo adelante se
denominará -- se ha convenido en constituir un Consorcio, el cual se regirá
por las Cláusulas siguientes: PRIMERA: El Consorcio se denominará -- y --
SEGUNDA: El Consorcio tendrá por objeto la participación y concurrencia a la
Licitación abierta por el Ministerio, por motivación de la construcción de la
obra -- así como la ejecución en conjunto, por las empresas que lo integran, de
la obra mencionada en su totalidad y de sus eventuales modificaciones y obras
extras, en el caso de que le fuera otorgada la Buena Pro en dicha Licitación.
TERCERA: El domicilio del Consorcio será la ciudad de -- y su vigencia será hasta la fecha en que se
extingan las obligaciones derivadas de la construcción de -- , en el caso de que le fuera otorgada la
Buena Pro por el Ministerio de -- y
extinguidas como hayan sido todas las consecuencias y derivados pertinentes al
Contrato correspondiente a dicha obra. CUARTA: La representación del Consorcio
será ejercida por un representante autorizado de la Sociedad -- conjuntamente
con un representante debidamente facultado de la Empresa --QUINTA: Las
empresas que constituyan el Consorcio -- responderán solidaria y
mancomunadamente de todas y cada una de las obligaciones que pudieran surgir
como consecuencia de su participación en la Licitación de la construcción de
la obra -- y subsiguiente edificación de la misma, en el caso de que les fuera
otorgada la Buena Pro del Ministerio -- SEXTA: Queda entendido, que lo no
previsto en este documento, se regirá por las disposiciones del Código de
Comercio Venezolano. Además, los representantes del Consorcio podrán de común
acuerdo, dictar todas las normas y reglamentaciones que consideren necesarias
para su mejor administración, siempre dentro del marco de las Leyes del País.
Se hacen --ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en -- a los -- días del mes --del año--
Firmas.