Contrato Proyecto e Inspección de Obras
con Ingeniero Proyectista
Entre -- (identificarlo),
quien en lo adelante se denominará “EL PROPIETARIO”, por una parte y por la
otra, el Ingeniero Civil
(identificarlo), debidamente inscrito en el Colegio de Ingeniero bajo el
No. -- y quien en lo sucesivo se denominará “EL PROYECTISTA”, se ha convenido
en celebrar el presente contrato con las cláusulas que siguen:
PRIMERA: El
propietario es dueño de un terreno ubicado en el Municipio --, distrito -- en la ciudad de-- , Av. --de
la Urbanización -- y el cual le
pertenece, según documento protocolizado en la Oficina Subalterna del Registro
del -- Circuito de-- bajo el No-- , folios --al --, Torno , Protocolo , fecha. Los
Linderos, medidas y demás especificaciones dei inmueble, constan en el referido
documento, y se dan aquí por reproducidos a los efectos legales consiguientes.
El inmueble mencionado está libre de todo gravámen y nada debo por concepto de
Impuestos Nacionales ni Municipales ni por ningún otro concepto. SEGUNDA: “EL
PROYECTISTA” se compromete a elaborar para “EL PROPIETARIO” un proyecto
completo para la construcción de un edificio de pisos, etc., (detallar el inmueble) y por
un valor estimado de construcción de -- -- (--. -- ). TERCERA: El referido
proyecto será elaborado con base en el ante-proyecto aprobado por la
ingeniería Municipal del Distrito -- ,
bajo el No-- , en fecha -- .
El proyecto en su totalidad deberá estar ceñido a todas las exigencias y
requisitos legales estipulados en las Leyes de la materia y “EL PROYECTISTA”
deberá cumplirlas cabalmente. CUARTA: “EL PROYECTISTA” gestionará todo lo
necesario para obtener los permisos de construcción, obligándose “EL
PROPIETARIO” por su parte a cumplir con los requisitos que le sean exigidos,
tales como suministro de documentos, constancia, etc., y serán de su cuenta
los gastos causados para cumplir con todas estas obligaciones. QUINTA: “EL
PROYECTISTA” se encargará personalmente de la dirección técnica y de la inspección
de la obra, a los fines de la responsabilidad que tal dirección e inspección
implica conforme a las Leyes pertinentes. SEXTA: “EL PROPIETARIO” cancelará a
“EL PROYECTISTA” por la elaboración del proyecto, la gestión de los permisos
de construcción y por la dirección técnica e inspección de la obra, la cantidad
de -- -- (--. -- El pago de dicha suma
la efectuará “EL PROPIETARIO” a “EL PROYECTISTA”, o a su orden, de la
siguiente forma: -- SEPT1MA: El plazo para la elaboración del proyecto es
de meses, contados a partir de la
fecha de autenticación de este documento. OCTAVA: Una vez que “EL PROPIETARIO”
haya recibido el proyecto a satisfacción, se convendrá entre ambas partes el
plazo, para que “EL PROYECTISTA” obtenga los permisos de construcción. NOVENA:
Al iniciarse la construcción del inmueble, “EL PROYECTISTA” deberá encargarse
de la dirección técnica e inspección de la obra, conforme a lo estipulado en
la cláusula Quinta de este contrato. DECIMA: Para todos los efectos y
consecuencias derivados del presente Contrato, las partes eligen como
domicilio especial la ciudad de -- Se hacen dos ejemplares de un mismo tenor y
a un solo efecto, a los -- días del mes de --del
año --
Firmas.