Solicitud Juez Dicte Providencias Conducentes Evitar Consecuencias
Mala Administración
ARTICULO 171 DEL CÓDIGO CIVIL
Ciudadano
Juez________de Primera Instancia en lo Civil de ________
Su Despacho
Yo________, mayor de edad, de este domicilio, de
nacionalidad________, de profesión________, de estado civil________, titular de
la Cédula de Identidad No. ________, asistida en este acto por el Doctor________,
abogado venezolano en ejercicio, y también de este domicilio, inscrito en el
Inpreabogado bajo el No. ________, ante usted, con la venia de estilo, ocurro
y expongo: Soy legalmente casada con el ciudadano________ (identificarlo con sus seis características),
según consta en copia certificada de la Partida de matrimonio que acompaño
marcada “A”. Durante la vigencia de nuestro matrimonio mi cónyuge adquirió un
lote grande de terreno que está frente a ________, de esta ciudad y fabricó con
dinero obtenido de su trabajo como abogado tres casitas: en la del medio vivimos,
él, nuestros menores y yo, la del lado derecho se le regaló a una sobrina
legítima de él, y la del lado izquierdo piensa regalársela a una hermana de
él, viuda. Según nuestro Código Civil Vigente, estos inmuebles son de nuestra
sociedad conyugal aunque su administración le corresponde, al tenor del ordinal
2o del articulo 156 del citado Código. Yo particularmente creo y así espero lo
vea el Ciudadano Juez, que mi cónyuge arriesga con estas Dos donaciones la
integridad del patrimonio de nuestra sociedad conyugal, el cual no es muy
flamante, ya que está constituido solamente por estos inmuebles. Es por lo expuesto,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 171 del Código Civil Vigente
y 191 ejusdem, que solicito de usted, con todo respeto y acatamiento se sirva
dictar las providencias que estime conducente a evitar este peligro, previo
conocimiento y comprobación de los hechos alegados por mi en este escrito.
Para ilustrar al Tribunal sobre mi exposición, ruego se sirva interrogar a los
testigos que oportunamente traeré a la Sala de Audiencias del mismo, sobre los
particulares siguientes: Primero: Si me conocen de vista, trato y comunicación
desde hace mucho tiempo. Segundo: Si conocen de vista, trato y comunicación a
mi cónyuge ciudadano________ arriba identificado también desde hace tiempo.
Tercero: Si por ese conocimiento pueden dar fe que el único bien que tenemos
es el lote de terreno sobre el cual está construí-do nuestro hogar dos casas
adyacentes y cuyos linderos y medidas son las siguientes: ________ Cuarto: Si
les consta que dicho terreno fue adquirido durante el régimen matrimonial con
dinero que mi esposo de-venga de su trabajo como abogado y con ese mismo dinero
fabricó la casa que constituye ahora nuestro hogar y las dos casas adyacentes.
Quinto: Si pueden dar fe de que la casa adyacente de la derecha fue donada por
mi esposo a su sobrina legítima________ (identificarla con sus seis
características) y que con respecto a la casa-quinta del lado izquierdo de
nuestro hogar se la tiene prometida en donación a su hermana viuda________ (identificarla
con sus seis características). Pido que los testigos den razón motivada de sus
dichos. Es Justicia que solicito y espero en la ciudad de ________ a los________
días del mes de________ del --
Firma de la solicitante, y su abogado asistente,
NOTA: A esta solicitud debe acompañársele la Partida de
matrimonio, el documento de compra del terreno y el Titulo supletorio en donde
conste, que el cónyuge fabricó las tres casa-quintas con dinero de su propio
peculio durante la vigencia de su matrimonio y de ser posible, el documento en
donde consta la Donación referida.
Artículo 171 dcl Código Civil. En el caso dc que alguno de
los cónyuges se exceda de los límites de una administración regular o
arriesgue con imprudencia los bienes comunes que está administrando, el Juez
podrá, a solicitud del otro cónyuge, dictar las providencias que, estime
conducentes a evitar aquel peligro, previo conocimiento dc causa. Dc lo decidido
se oirá apelación en un solo efecto, si se acordaren las medidas y Libremente,
en caso contrario.
Si las medidas tomadas no bastaren, el cónyuge perjudicado
podrá pedir separación de bienes.