Modelo Alegaciones Multa Desconocimiento Idioma España
ALEGACIONES MULTA DESCONOCIMIENTO IDIOMA
Expediente: …….
ILMO. SR.
Don/Doña …….., con domicilio en…….., con DNI………, ante (AYUNTAMIENTO/JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO) ,
comparece y como mejor proceda en Derecho.
DICE
PRIMERO: Que ha recibido notificación de resolución sancionadora dictada por supuesta infracción al artículo de .
SEGUNDO: Que, no estando conforme en absoluto con dicha resolución, interpone el presente recurso en base a los
siguientes,
MOTIVOS
INDEFENSIÓN, debido a:
No existir notificación de la propuesta de resolución, anterior a esta notificación de resolución sancionadora, por lo
que se incurre en indefensión basado los siguientes artículos:
· Art. 84.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común dispone que “Instruidos los procedimientos e inmediatamente
antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrán de manifiesto a los interesados o, en su caso, a
sus representantes...”.
· Art. 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común dispone que “los interesados, en un plazo no inferior a diez días
ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes”.
Y, en el presente caso, no se puso de manifiesto el expediente, lo que provoca una situación de
indefensión, al no haberse permitido formular alegaciones en el trámite procedimental oportuno.
Errores en la forma de la notificación de resolución sancionadora, debido a que parte de la notificación de
resolución sancionadora viene en una lengua no cooficial en la comunidad autónoma de residencia del supuesto
infractor, y basada en los siguientes artículos:
· Art. 35.d de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común dispone que “los ciudadanos, en sus relaciones con las
Administraciones Públicas, tienen derecho a utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad
Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto de Ordenamiento Jurídico”.
· Art. 36.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común dispone que “la Administración pública instructora deberá
traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera
del territorio de la Comunidad Autónoma...”.
En el presente caso se puede ver que se vulneran estos dos derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las
administraciones públicas (se adjunta fotocopia de la notificación de resolución sancionadora).
En virtud de lo expuesto, SUPLICO.
Se sirva admitir este escrito y, habida cuenta de los motivos contenidos en el mismo, acuerde revocar íntegramente
la resolución sancionadora, ordenando el archivo del expediente sancionador sin declaración de responsabilidad.
Es Justicia que pido en……. a……...
Fdo.