Quien suscribe, ___________, _______, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad _________, procediendo en mi carácter de __________, de ________., ______________, representación que consta en _____________, en nombre de nuestra representada, por medio del presente documento declaro: "Que en nombre de mi representada otorgo PODER GENERAL JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL, amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere, a _________________ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. ______________, respectivamente, para que actuando conjunta o separadamente, representen y sostengan los derechos, acciones e intereses de mi representada en todos los asuntos que le ocurran a la Asociación. En ejercicio del presente mandato los prenombrados quedan ampliamente facultados para representar, sostener y defender los derechos e intereses, de nuestra representada ante las autoridades judiciales con competencia en materia penal, laboral, administrativa y tributaria, pudiendo representarla en cualquier tipo de procedimientos judiciales o extrajudiciales. Asimismo, podrán ejercer todas las acciones y realizar todas las gestiones extrajudiciales o judiciales que consideren pertinentes. En lo judicial los prenombrados profesionales del derecho quedan facultados para ejercer todas las acciones penales, laborales, administrativas y tributarias que consideren necesarias, y realizar todas las gestiones extrajudiciales o judiciales que consideren pertinentes, con facultad expresa para demandar y contestar demandas; presentar reconvenciones y contestarlas; oponer y contestar cuestiones previas; darse por citados, intimados y/o notificados; promover, evacuar u oponerse a todo tipo de pruebas; interponer recursos ordinarios y extraordinarios, como el de apelación, casación, invalidación y revisión constitucional; intervenir en procesos de amparo constitucional como parte agraviada o como presunto agraviante; solicitar, ejecutar u oponerse a cualquier tipo de medidas preventivas o ejecutivas; suspender el curso de los juicios; interponer denuncias; recusar funcionarios; designar expertos, peritos y partidores; y seguir los juicios en todas sus instancias, grados e incidencias. Igualmente, quedan facultados los prenombrados abogados para convenir, desistir y transigir; comprometer la litis en árbitros arbitradores o de derecho; solicitar la decisión según la equidad; hacer posturas en remates y disponer del derecho en litigio; presentar ofertas reales; celebrar transacciones en juicio o fuera de él; recibir y pagar cantidades de dinero, cheques u otros valores, y otorgar o exigir los correspondientes recibos, finiquitos y cancelaciones a nombre de mi representada; tachar documentos públicos y desconocer documentos privados; y constituir a este fin las cauciones que sean necesarias. En lo extrajudicial podrán representar, sostener, defender los derechos e intereses, y realizar todas las gestiones y trámites que fueren pertinentes en beneficio de nuestra representada ante cualquier persona, natural o jurídica, privada o pública, y cualquier autoridad administrativa de la República Bolivariana de Venezuela, bien fueren de nivel Nacional, Estadal o Municipal, incluyendo instituciones bancarias privadas o públicas, Inspectorías del Trabajo, el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS), Instituto Nacional de Higiene Rafael Rengel, Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria, entre otros. En el ejercicio del presente mandado, los prenombrados apoderados podrán realizar cualquier actuación ante los mencionados organismos, presentar solicitudes, peticiones, escritos, recursos, declaraciones juradas, asistir a actos conciliatorios o de contestación, promover y evacuar todo tipo de pruebas, suscribir transacciones, entregar cantidades de dinero en nombre de la Asociación, y, en general, realizar todos los actos que consideren más convenientes para la mejor defensa de los derechos e intereses de mi representada. En definitiva, los prenombrados apoderados podrán hacer todo lo que consideren pertinente para resguardar los derechos e intereses que por el presente se les confía, ya que las facultades aquí conferidas lo son a título meramente enunciativo y no limitativo. El presente poder podrá ser sustituido total o parcialmente en personas de su confianza, reservándose o no su ejercicio. En _________, a la fecha de su autenticación