Ciudadana:
JUEZA -- DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL --.
SU DESPACHO.-
Nosotras, --, Venezolanas, mayores de edad,
titulares de las Cédulas de Identidad Nos. --, abogados en ejercicio inscritas
en el impreabogado bajo los Nos. --, respectivamente de este domicilio,
actuando como Apoderadas Judiciales de la ciudadana --, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de la Identidad Nro. --, domiciliada
en la Ciudad
de la --, Municipio -- del Estado --, en fecha --, anotado bajo el No. --, Tomo
--, el cual anexamos marcado “A”, ante su competente autoridad y con el debido
respeto comparecemos para exponer:
I. DE LOS HECHOS Y DEL DERECHO
En el año -- la señora --,
recién llegada a -- junto con su menor hija, rento una casa cuya extensión de terreno
tenía una superficie de -- Metros Cuadrados, situada en el sector denominado --,
Jurisdicción del Municipio -- del Estado --. Sus medidas y linderos son los
siguientes: NORTE: --; SUR: --; ESTE: -- Con y, OESTE: --
En --, el dueño del
terreno y de la casa, el señor -- le comunicó a nuestra cliente que viajaría de
vuelta a su país de origen, --, y que estaría de vuelta luego de pasados --. Su
Señoría hasta el año en curso nuestra cliente no ha tenido noticias del
propietario de la parcela, por lo tanto la posesión de nuestra cliente, desde
sus inicios ha sido una Posesión
Legitima, como lo establece el Artículo 772 del Código Civil, ha sido continua, ya que desde el momento en
que nuestra cliente rentó la propiedad ha vivido en ella sin interrupción; no interrumpida, porque nadie ha
perturbado la posesión de la señora Petronila en todos estos años; pacífica
y pública, porque nuestra cliente no
ha actuado clandestina ni con malas intenciones en ningún momento de su
posesión y finalmente no equívoca y con intención de tener la cosa como suya
propia, porque la propiedad ha sido plenamente identificada sin posibilidad
de error, y nuestra cliente ha tratado y mantenido la propiedad como si fuera
suya y con animo de que lo sea.
Es el caso ciudadano
Juez, que cuando la Sra.
-- tomó posesión de la casa con cierta extensión de terreno, no hubo en ningún momento perturbación alguna
de terceras personas, ejerciendo la posesión de dicho bien a la vista de todo
el mundo, realizando el cuidado, la siembra y construcción de bienechurias y
percibiendo de éste los frutos producidos. Como lo establece el Artículo 771
del Código Civil, que reza:” La posesión es la tenencia de una cosa, o el goce
de un derecho que ejercemos por nosotros mismos o por medio de otra persona que
detiene la cosa o ejerce el derecho en nuestro nombre.”
Establece
el Articulo 1952 del Código Civil, que “la prescripción es un medio de adquirir
un derecho o de liberarse de una obligación, por el tiempo y bajo las demás
condiciones determinadas por la ley” Por lo que en concordancia con el Artículo
1953 que reza “Para adquirir por prescripción se necesita posesión legitima”
Invocamos en nombre de nuestra representada por ser poseedora, el derecho de
adquirir titulo de la propiedad del el terreno junto con la vivienda por
prescripción adquisitiva, como medio legal de justificar a ese derecho; el
Articulo 1977 ejusdem establece lo siguiente: “Todas las acciones reales se
prescriben por veinte años y las personales por diez, sin que pueda oponerse a
la prescripción la falta de titulo ni de buena fe, y salvo disposición contraria
de la Ley ”;
nuestra mandante ha estado en posesión
legitima del bien, por más de veinte años, desde el año .-- han pasado --
años , por lo que es la acreedora de invocar en su favor el derecho de solicitar
la propiedad del inmueble.
II DEL PETITORIO
Por lo anteriormente
expuesto y en cumplimiento a lo establecido en el Articulo 691 del Código de
Procedimiento Civil, en nombre y representación de nuestra mandante,
formalmente solicitamos la TITULARIDAD POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA sobre el
inmueble objeto de este procedimiento y que declare que la ciudadana -- ha estado por el termino de -- (--)
años en posesión del bien inmueble plenamente antes identificado. Este supuesto
se cumple por interponerse la solicitud por ante el Juez competente que es, el
Juez de Primera Instancia en lo Civil del lugar donde se encuentra el inmueble,
competencia que confirma el forum rei site; y por encontrarse dentro de las
llamadas acciones declarativas cuya finalidad es provocar el reconocimiento y
protección de un derecho subjetivo.-
III DE LAS PRUEBAS.
Señalamos como pruebas,
para demostrar los hechos invocados en el presente libelo, los siguientes:
1) Recibos de pago por mano de obra, manutención y
servicios del terreno durante el tiempo de la posesión.
2) Facturas de materiales de construcción y mano de obra
para las bienechurias y mejoras realizadas a la vivienda.
Y Como pruebas testimoniales los siguientes ciudadanos:
1) --, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de identidad Nro. --,
domiciliada en --
2) --, Venezolano mayor de edad, Cedula Identidad Nro --,
domiciliado en --